Secretaría de Energía y Minería

ENERGIA ELECTRICA

Resolución 128/2001

Deróganse parcialmente las Resoluciones de la ex Secretaría de Energía Nros. 545/99 y 153/2000, con la finalidad de eliminar restricciones y normas administrativas que no se ajustan a la realidad actual del Mercado Eléctrico Mayorista y en algunos casos limiten su desarrollo eficiente.

Bs. As., 9/2/2001

VISTO el Expediente N° 750-000385/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que la ex SECRETARIA DE ENERGIA mediante su Resolución N° 545 del 21 de octubre de 1999 determinó un conjunto de modificaciones a los "Procedimientos para la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios" (LOS PROCEDIMIENTOS), establecidos por Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA N° 61 del 29 de abril de 1992, la Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA N° 137 del 30 de noviembre de 1992, sus modificatorias y complementarias.

Que mediante la Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA N° 8 del 21 de enero de 2000, se estableció una prórroga de NOVENTA (90) días a la efectiva aplicación de la citada Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA N° 545 del 21 de octubre de 1999, a excepción de algunos aspectos menores detallados en esa norma.

Que mediante la Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA N° 153 del 31 de mayo de 2000, se estableció una segunda prórroga hasta el día 1° de mayo de 2001, a excepción de aspectos detallados en esa norma.

Que la madurez alcanzada en su desarrollo por el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) requiere la eliminación de aquellas restricciones y normas administrativas que, si bien tuvieron justificativo en alguna etapa del proceso transformador de la actividad del sector, no se ajustan a la realidad actual y en algunos casos limitan su desarrollo eficiente.

Que existiendo condiciones de competencia y agentes con experiencia y conocimiento para operar en el mercado, es posible y conveniente eliminar las restricciones reguladas que la realidad no justifica, y agregar en cambio, donde sea necesario, nuevas técnicas regulatorias que se han desarrollado para Mercados Mayoristas Eléctricos competitivos.

Que las adecuaciones que requiere la actividad en la presente etapa deben tratarse integralmente, para lo cual esta Secretaría se encuentra preparando un nuevo instrumento normativo que será emitido a la brevedad.

Que en virtud de lo expuesto y a los efectos de dar certeza a los agentes del Mercado con respecto a las declaraciones correspondientes a la Programación Estacional mayo-octubre de 2001, resulta conveniente derogar parcialmente las Resoluciones ex SECRETARIA DE ENERGIA N° 545 del 21 de octubre de 1999 y N° 153 del 31 de mayo de 2000.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1° — Derógase la Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA N° 545 del 21 de octubre de 1999, a excepción de su Artículo 24 que deroga a partir del 1° de mayo de 2000 la Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA N° 404 del 26 de julio de 1999.

Art. 2° — Deróganse los Artículos 1°, 2°, 3° y 5° de la Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA N° 153 del 31 de mayo de 2000, manteniéndose la vigencia de lo resuelto por Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA N° 262, del 20 de diciembre de 2000.

Art. 3° — Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA).

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Débora Giorgi.