Administración Nacional de la Seguridad Social

DELEGACION DE FACULTADES

Resolución 188/2001

Delégase en el Gerente General la facultad de dictar los actos administrativos que decidirán la procedencia de incorporar a las empresas que así lo soliciten al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.

Bs. As., 23/2/2001

VISTO el Expediente Nº 024-99-80603381-9-790 de la Administración Nacional de la Seguridad Social, la Resolución D.E.-N Nº 585 de fecha 27 de junio de 2000; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO tramita la delegación de la firma para la incorporación de empresas al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares en el Gerente General de esta Administración Nacional.

Que el artículo 3º de la Resolución D.E.-N Nº 585/00 establece que esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) resolverá, mediante el dictado del Acto Administrativo pertinente, la incorporación o no de las empresas que solicitan el ingreso al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares, en base a una evaluación que realizarán conjuntamente las Gerencias de: Atención Beneficiarios y Prestaciones y Servicios.

Que en la actualidad existen numerosas empresas que solicitan la incorporación al Sistema mencionado por lo que resulta conveniente agilizar la firma de los actos administrativos pertinentes para el ingreso de las mismas.

Que razones de oportunidad y conveniencia recomiendan delegar la firma de los actos administrativos mencionados en el Gerente General.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia mediante el dictamen Nº 15.678 de fecha 18 de diciembre de 2000.

Que, en consecuencia, procede dictar la presente Resolución.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el artículo 36 de la Ley Nº 24.241 y el Decreto Nº 1057/00.

Por ello,

EL INTERVENTOR NORMALIZADOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Delégase en el Gerente General de esta Administración Nacional, la facultad de dictar los actos administrativos previstos en el artículo 3º de la Resolución D.E.-N Nº 585/00, que decidirán la procedencia de incorporar a las empresas que así lo soliciten, al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — Rodolfo M. Campero.