Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 135/2001

Autorízanse inscripciones en el Registro de Entidades creado por el Decreto Nº 691/2000.

Bs. As., 23/2/2001

VISTO el Decreto Nº 691 del 11 de agosto de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Decreto se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional, facultando a la SECRETARIA DE HACIENDA a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias correspondientes.

Que en función de la facultad precedentemente referida la SECRETARIA DE HACIENDA dictó la Resolución Nº 353 del 15 de setiembre de 2000 reglamentando el REGISTRO DE ENTIDADES y aclarando el contenido y alcance de la documentación a presentar, con el objeto de obtener su inscripción en el mismo, por parte de las entidades comprendidas.

Que la Resolución mencionada también estableció las formalidades que deben observar las entidades que requieran obtener el código de descuento correspondiente para poder operar en el marco del régimen ordenado por el Decreto Nº 691/2000.

Que las Entidades ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE TRABAJO; CIRCULO DE SUBOFICIALES DE LA ARMADA ENTIDAD MUTUALISTA; ASOCIACION MUTUAL MALVINAS ARGENTINAS; CAJA MUTUAL Y FONDO COMPENSADOR PARA EL PERSONAL DE LA D.G.I.; ASOCIACION MUTUAL FAMILIA POLICIAL; CLUB ATLETICO SAN JORGE MUTUAL Y SOCIAL; ASOCIACION MUTUAL DE TRABAJADORES ARGENTINOS; ASOCIACION MUTUAL PARA LOS AGENTES DEL SISTEMA NACIONAL DE PREVISION; MUTUAL 27 DE NOVIEMBRE; ASOCIACION MUTUAL COMBATIENTES EN MALVINAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA; ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS; ASOCIACION MUTUAL SERVICIOS DE SALUD Y VIDA; ASOCIACION MUTUAL CIRCULO DE SUBOFICIALES DEL EJERCITO; ASOCIACION MUTUAL PARA EL PERSONAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE COMUNICACIONES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA; ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE PAMI DEL INTERIOR; ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL (Matrícula l.N.A.E.S. Nº 733); LA VITALICIA SOCIEDAD MUTUAL; ASOCIACION MUTUAL DE SERVICIOS INTEGRADOS; ASOCIACION MUTUAL 18 DE OCTUBRE; ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL (Matrícula l.N.A.E.S. Nº 723); MUTUAL DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA; MUTUAL DE SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS; SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS UMBERTO I; ASOCIACION MUTUAL LUJANENSE DE TRABAJADORES ESTATALES ARGENTINOS; MUTUAL FAMILIAR DE NUEVO CUYO; ASOCIACION MUTUAL - PRO VIVIENDA VIAL IV; MUTUAL DE CRISTIANA AYUDA FAMILIAR; ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE PREVISION SOCIAL (A.P.O.P.S.) y la COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO SOLIDARLA LIMITADA han formalizado su solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES requiriendo el respectivo código de descuento para poder brindar los servicios para los que se encuentran habilitadas según la documentación oportunamente acreditada.

Que se ha constatado que las entidades solicitantes han presentado los requerimientos exigidos por el Decreto Nº 691/2000 y la Resolución S. H. Nº 353/2000, razón por la cual corresponde incorporarlas en el REGISTRO DE ENTIDADES y otorgarles el código de descuento.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a la SECRETARIA DE HACIENDA por el artículo 5º del Decreto Nº 691/2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º — Autorizar la inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el artículo 5º del Decreto Nº 691 del 11 de agosto de 2000, a las entidades que se indican en el Anexo I a la presente, otorgando a las mismas el código de descuento que para cada una de ellas se detalla en el Anexo mencionado.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario Vicens.