MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE

Resolución Nº 200/2001

Bs. As., 13/2/2001

VISTO el Expediente Nº 70-2250/00 del Registro de la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, y

CONSIDERANDO:

Que en consonancia con la política de concertación y descentralización coordinada que en la materia de residuos peligrosos se está desarrollando desde esta autoridad ambiental federal hacia las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires, y con los lineamientos jurídicos establecidos en la Reforma Constitucional operada en el año 1994, se han llevado a cabo distintas acciones tendientes a asistir técnica y legalmente a la autoridad ambiental de la Provincia de Misiones.

Que según lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley Nacional Nº 24.051 de Residuos Peligrosos, se invita a las Provincias y a sus respectivos municipios, en el área de su competencia a dictar normas de igual naturaleza para el tratamiento de residuos peligrosos.

Que la Provincia de Misiones ha adherido a la Ley Nacional Nº 24.051 de Residuos Peligros mediante la Ley Provincial Nº 3664.

Que el artículo 3º de la Ley Provincial mencionada establece que la autoridad de aplicación deberá implementar el Registro Provincial de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos en el marco del Sistema Informático de Residuos Peligrosos Nacional.

Que el artículo 67 del Decreto Nº 831/93 reglamentario de la Ley Nacional Nº 24.051 prevé la celebración de convenios de colaboración entre la autoridad ambiental federal y las Provincias.

Que en el artículo 5º de la Ley Provincial Nº 3664, se faculta al Poder Ejecutivo a formalizar convenios con la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL de la NACION, a efectos de la inscripción provisoria en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos, de las personas físicas o jurídicas, titulares de las actividades de generación, manipulación, transporte, tratamiento, y disposición final de residuos peligrosos, hasta tanto se instrumente el registro provincial.

Que por lo expuesto, el día 10 de mes de noviembre del año 2000, la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, y el MINISTERIO DE ECOLOGIA Y RECURSOS NATURALES RENOVABLES de la PROVINCIA DE MISIONES, suscriben el Convenio de Colaboración referido precedentemente.

Que es criterio de esta autoridad ambiental nacional, tomando en consideración el sistema federal del gobierno que rige en nuestro país con el consiguiente sistema de distribución de competencia en materia ambiental dispuesto en nuestra Ley Fundamental, que la celebración de convenios de colaboración como el de la especie, constituye el mecanismo jurídicamente ideal para lograr los objetivos de prevención de la contaminación, protección y preservación del ambiente en lo relativo a la gestión integral de los residuos peligrosos.

Que hasta tanto se dicten las leyes de presupuestos mínimos de protección en materia ambiental de conformidad con el art. 41 de la Constitución Nacional reformada en el año 1994, y el consiguiente dictado de las leyes provinciales complementarias, es necesario acordar entre los distintos niveles jurisdiccionales, acciones tendientes a proveer el derecho de todo habitante a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprender las de las generaciones futuras.

Que el SERVICIO JURIDICO PERMANENTE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la suscripta es competente para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 24.051 y su Decreto Reglamentario Nº 831/93, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. Decreto Nº 438/92), modificada por las Leyes Nros. 24.190 y 25.233 y los Decretos Nros. 12/99 y 20/99.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Aprobar el Convenio de Colaboración celebrado el día 10 del mes de noviembre del año 2000 entre la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE de la NACION, y el MINISTERIO DE ECOLOGIA Y RECURSOS NATURALES RENOVABLES de la PROVINCIA de MISIONES, cuyo objeto consiste en el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Provincial Nº 3664 de Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051 de Residuos Peligrosos, cuyo texto forma parte de la presente resolución.

ARTICULO 2º — Facúltase al Secretario de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental a designar a los profesionales técnicos pertenecientes a la Dirección Nacional de Ordenamiento Ambiental, los que formarán parte de la Comisión Mixta prevista en la Cláusula 5ta. del Convenio aprobado en el artículo precedente, que de forma conjunta con los profesionales técnicos pertenecientes a la Dirección de Recursos Vitales del MINISTERIO DE ECOLOGIA Y RECURSOS NATURALES RENOVABLES de la PROVINCIA DE MISIONES, implementarán el Convenio aprobado en el artículo 1º de la presente resolución.

ARTICULO 3º — Facúltase al Secretario de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental a firmar todos los acuerdos complementarios destinados a tornar operativo el Convenio aprobado por la presente resolución.

ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Prof. GRACIELA FERNANDEZ MEIJIDE, Ministra de Desarrollo Social y Medio Ambiente.

CONVENIO

Entre la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE DE LA NACION, en adelante "SDSyPA" con domicilio en la calle San Martín 459 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su titular, el Dr. OSCAR ERMELINDO MASSEI, por una parte, y el MINISTERIO DE ECOLOGIA Y RECURSOS NATURALES RENOVABLES DE LA PROVINCIA DE MISIONES, en adelante "EL MINISTERIO" con domicilio en calle San Lorenzo 1538 de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, representado en este acto por su titular el DR. MIGUEL ANGEL ALTERACH (H.), por la otra, con el objeto de cumplir con lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Provincial Nº 3664 de Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051 de "Residuos Peligrosos", acuerdan en celebrar el presente Convenio de colaboración sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: La "SDSyPA" inscribirá en el Registro Nacional de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos, en forma provisoria, a los titulares de actividades consignadas en el artículo 1º de la Ley Nacional Nº 24.051, que desarrollen las mismas en territorio provincial, hasta tanto se implemente el Registro Provincial, conforme la Ley Provincial de Adhesión.

SEGUNDA: Lograda la implementación del Registro Provincial de Residuos Peligrosos, la "SDSyPA" transferirá a "EL MINISTERIO", las actuaciones correspondientes a los inscriptos de la provincia de Misiones en el Registro Nacional de Residuos Peligrosos.

TERCERA: Las actividades de identificación y asesoramiento de las personas físicas o jurídicas comprendidas en los términos de la Ley Nacional Nº 24.051, serán desarrolladas por "EL MINISTERIO", con asistencia de la Comisión Mixta representante de Unidad de Registro, creada a través del presente.

CUARTA: Las actividades de control y fiscalización se desarrollarán en forma conjunta y coordinada entre las partes.

QUINTA: A los fines de lograr la implementación del presente Convenio se conformará una Comisión Mixta (de profesionales y/o técnicos de la Dirección de Ordenamiento Ambiental de la Nación y la Dirección de Recursos Vitales del Ministerio de Ecología) integrada por dos representantes de cada parte. La misma fijará sus condiciones de funcionamiento las que deberán ser aprobadas por Resolución dictada por cada una de las partes.

SEXTA: El presente Convenio tendrá vigencia a partir de su firma y hasta tanto la Provincia de Misiones reglamente la Ley Provincial Nº 3664 de Adhesión a la Ley Nacional 24.051 de Residuos Peligrosos.

En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de …………………………. a los 10 días del mes de noviembre del año dos mil. — Dr. RAUL GONCALVES, Asesor Letrado, Ministerio de Ecología y R.N.R. Provincia de Misiones. — Dr. MIGUEL ANGEL ALTERACH (H.), Ministro Ecología, Ministerio de Ecología y R.N.R. Provincia de Misiones. — Dr. OSCAR E. MASSEI, Secretario de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental, Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente.

e. 1/3 Nº 343.741 v. 1/3/2001