Secretaría de Transporte

ARANCELES

Resolución 2/2001

Establécense los aranceles que se deberán satisfacer con carácter previo al inicio de las distintas tramitaciones que se desarrollan en el ámbito de la Secretaría de Transporte.

Bs. As., 14/3/2001

VISTO el Expediente Nº 15241/2000 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº1104 del 17 de septiembre de 1992 dispuso el arancelamiento de distintas gestiones que se realizan en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.

Que se facultó al titular de la SECRETARIA DE TRANSPORTE a establecer los aranceles correspondientes a cada categoría sobre la base de los montos máximos y mínimos fijados por la resolución citada precedentemente.

Que asimismo, la mencionada resolución en su Artículo 4º faculta a la SECRETARIA DE TRANSPORTE a suspender y/o modificar los aranceles establecidos por la misma.

Que corresponde poner de manifiesto que como consecuencia del dictado del Decreto Nº958 de fecha 16 de junio de 1992, modificado por el Decreto Nº 808 de fecha 21 de noviembre de 1995, se aprecia que determinados trámites y gestiones deben ser comprendidos dentro de las categorías establecidas, ya que si bien con anterioridad se realizaban con carácter de periodicidad, en el contexto del actual marco normativo, fueron identificados con una terminología diferente, por lo que, sobre la base de lo dispuesto en el Artículo 4º de la resolución mencionada, corresponde que se los incluya dentro del marco del arancelamiento.

Que la Resolución de la SECRETARIA DE TRANSPORTE Nº 433 de fecha 28 de septiembre de 1992 estableció en su Anexo I, los aranceles y montos que se deberán satisfacer con carácter previo al inicio de las distintas tramitaciones o gestiones que se desarrollan en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.

Que la Resolución de la SECRETARIA DE TRANSPORTE Nº 175 de fecha 7 de diciembre de 1995 contempló la particular situación, dentro de los Servicios de Oferta Libre, de los servicios que utilizan vehículos destinados al transporte de no más de CINCO (5) personas y redujo el mínimo previsto para la categoría II en el Anexo I de la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 1104/92.

Que con fecha 19 de julio del año 2000, el señor Ministro de Infraestructura y Vivienda, el señor Ministro de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, el señor Secretario de Transporte, el señor Subsecretario de Transporte Terrestre, el señor Presidente de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y los representantes de la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR y de la CAMARA EMPRESARIA DE LARGA DISTANCIA, conscientes de la difícil situación por la que atraviesa el transporte público automotor de pasajeros de larga distancia nacional e internacional, firmaron el Acta - Acuerdo Nº 1 y se comprometieron a adoptar medidas que permitan paliar dicha situación y a profundizar el análisis de aquellos temas que posibiliten dar una solución integral y estable para la problemática del sector.

Que en el marco de dicho Acta - Acuerdo corresponde aprobar una reducción del DIEZ POR CIENTO (10%) en los valores de los aranceles con relación a los importes actuales, siempre que los nuevos valores no sean inferiores a los montos mínimos fijados en el Anexo I de la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 1104/92.

Que a fin de agilizar los trámites y evitar tareas administrativas injustificadas corresponde suspender el arancel por "modificaciones y bajas de flota".

Que la ex - DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 1104/92 brinda sustento suficiente para emitir el presente pronunciamiento.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1º — Establécense los aranceles que se deberán satisfacer con carácter previo al inicio de las distintas tramitaciones o gestiones que se desarrollan en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, de conformidad con los montos que se detallan en el Anexo I que integra la presente resolución.

Art. 2º — Suspéndense los aranceles por bajas y modificaciones de flotas.

Art. 3º — La presente resolución comenzará a regir desde su publicación.

Art. 4º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge H. Kogan.

ANEXO I

ARANCELES A PERCIBIR POR TRAMITES O GESTIONES QUE SE REALICEN EN EL AMBITO DE LA SECRETARIA DE TRANSPORTE

GESTION

IMPORTE (en pesos)

Solicitud de nuevos permisos de servicios públicos regulares de carácter urbano, interurbano e internacionales de pasajeros.

720

Solicitud de nuevos permisos de transporte de cargas internacionales.

720

Impugnaciones.

360

Solicitud de modificaciones en el servicios de tráfico libre (no incluye disminución de frecuencias de servicios).

180

Solicitud de modificaciones de servicios públicos (no incluye fraccionamiento).

360

Fraccionamiento de servicios públicos.

180

Solicitud de renovación de permisos.

360

Solicitud de inscripción para servicios de oferta libre para más de CINCO (5) personas.

270

Solicitud de inscripción para servicios de oferta libre para no más de CINCO (5) personas.

135

Renovación de la inscripción para servicios de oferta libre para más de CINCO (5) personas

180

Renovación de la inscripción para servicios de oferta libre para no más de CINCO (5) personas.

100

Solicitud de inscripción en el Registro Nacional para servicios de tráfico libre.

180

Solicitud de inscripción para servicios de transporte por automotor para el turismo y ejecutivo.

360

Solicitud de inscripción en el Registro de circuitos turísticos integrados entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE CHILE.

360

Declaración jurada de horarios (incluye disminución de frecuencias de servicios de tráfico libre).

20

Certificación de copias.

20

Denuncias.

36

Recupero de actuaciones de archivo.

20

Alta de flota de pasajeros y cargas

45

Solicitud de inscripción en el Registro de Servicios urbanos ocasionales.

54

Viajes especiales de pasajeros al exterior para vehículos con menos de VEINTIUN (21) pasajeros

30

Viajes especiales de pasajeros al exterior para vehículos con más de VEINTIUN (21) pasajeros

54

Viajes ocasionales de cargas

54

Información para uso comercial, profesional o publicitario

54