ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE N° 190/01
ACTA N° 578
Expediente ENRE N° 5656/98
Bs. As., 27/3/2001
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ENECTRICIDAD ha
resuelto: 1.- Aprobar como valor de la remuneración anual por el
concepto de energía eléctrica transportada para "La Transportista"
(TRANSPA S.A.) la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL
CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO ($ 2.142.481) por año; y para sus
"Transportistas Independientes" EdERSA y SPESE la suma de PESOS CERO ($
0); 2.- Aprobar los valores de factor de estímulo a la eficiencia
(Facto X) que se definene en el Anexo I, que forma parte integrante de
la presente Resolución; 3.- Establecer los siguientes valores de
remuneración por conexión y por capacidad de transporte, los que
resultan aplicables a partir del inicio del segundo período tarifario,
y modifican lo estipulado en el Punto 1.1, del Anexo II C del Contrato
de Concesión -por cada salida de 330 kV: $5, 423 por hora; -por cada
salida de 132 kV: $ 2,169 por hora; -por cada salida de 66 kV: $ 1,627
por hora; - por transformador de rebaje dedicado: $ 0,163 por hora MVA;
-por cada salida 100 km de líneas de 330 kV: $ 48,810 por hora por
hora; - por cada 100 km. de líneas de 132 kV y 66 kV; $ 46,641 por
hora; 4.- Establecer el sistema de premios, al que se refiere el
artículo 25° del anexo II-B del Contrato de Concesión de "TRANSPA S.A."
y la metodología de cálculo y de asignación del pago entre los usuarios
y demás especificaciones, que se detallan en el Anexo II, que forma
parte integrante de la presente Resolución; 5.- Instruir a CAMMESA que,
a los efectos del pago del premio al que alude el artículo 4 de la
presente Resolución, calcule en cada programación y reprogramación
estacional la proporción
en que cada usuario del sistema del transporte participa en el pago de
los cargos fijos de transporte, para cada tipo de equipamiento, de
acuerdo con lo indicado en el Anexo II de la presente Resolución; 6.-
El
ajuste de la remuneración se realizará cada seis (6) meses a partir
del 1° de noviembre de 1999 y tendrá vigencia semestral de acuerdo a lo
establecido en el artículo 15 del Anexo II A del Contrato de
Concesión utilizando el PMo y PCNo, correspondiente al mes de
septiembre de 1999; 7.- Instruir a CAMMESA para que efectúe, una vez
que el ENRE haya realizado los ajustes corespondientes a los cargos por
conexión y capacidad: I) El ajuste de la
remuneración de "TRANSPA S.A." y de sus "Transportistas Independientes"
a partir del
16 de junio de 1999, en base a los valores aprobados por los artículos
1° y 3° de la presente Resolución ; III) Los ajustes por la reducción
de los aportes patronales en virtud de lo establecido en la Resolución
ENRE N° 221/00, a partir del 16 de junio de 1999 y última presentación
realizada por "La Transportista"; IV) Los débitos y créditos
correspondientes a los puntos I y II del presente artículo deben
efectuarse con los intereses previstos en el punto 5.5 "Cobranzas a los
deudores de "Los Procedimientos para la Programación de la Operación,
el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios", lo cuales se computarán
desde la fecha de vencimiento de las facturaciones que se ajustarán
hasta la fecha de vencimiento que se determine para los ajustes: 8.-
Notifíquese a la SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION; a la TRANSPORTISTA
DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA REGION PATAGONICA
"(TRANSPA S.A.); a EdERSA; a SPSE: a AGEERA; a ATEERA; a ADEERA; a
AGEERA; a TRANSOA S.A.; a CAMMESA; 9.- Comuníquese a las Asociaciones
de Usuarios y Consumidores registradas.... Firmado: DANIEL MUGUERZA,
Vocal Tercero. - ALBERTO E. DEVOTO, Vicepresidente. - JUAN LEGIZA,
Presidente.
Los Anexos citados pueden ser consultados por los interesados en la
Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N°
1020, 10° piso de la Capital Fderal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a
17.30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.
(Nota Infoleg: las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")
e. 4/4 N° 346.981 v. 4/4/2001