Ministerio de Economía

DEUDA PUBLICA

Resolución 32/2001

Modifícase la planilla Nº 14 anexa al artículo 5º de la Ley Nº 25.401, a fin de adecuar las operatorias ahí mencionadas a las condiciones del mercado y con el objeto de mejorar el perfil de la deuda pública.

Bs. As., 9/4/2001

VISTO, el Expediente Nº 173-000215/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 25.401, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 5º de la Ley Nº 25.401 el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, autoriza de conformidad con lo dispuesto por el artículo 60 de la Ley Nº 24.156 a realizar operaciones de crédito público por los montos, especificaciones y destino del financiamiento indicados en la planilla Nº 14 anexa al mencionado artículo.

Que asimismo el citado artículo establece que el Organo Coordinador de los Sistemas de Administración Financiera realizará las operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central.

Que por el mismo artículo 5º el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION dispone que el MINISTERIO DE ECONOMIA podrá efectuar modificaciones a las características detalladas en la planilla Nº 14 anexa al mencionado artículo, a los efectos de adecuarlas a las condiciones de mercado y/o para mejorar el perfil de la deuda pública.

Que se entiende conveniente realizar una modificación a la planilla Nº 14 anexa al artículo 5º de la Ley Nº 25.401 a los efectos de adecuarla a las condiciones de mercado y reflejar una correcta utilización de los diferentes plazos.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de la facultad prevista en el último párrafo del artículo 5º de la Ley Nº 25.401.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase la planilla Nº 14 anexa al artículo 5º de la Ley Nº 25.401 de acuerdoal Anexo de la presente Resolución.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Domingo F. Cavallo.