MINISTERIO DE SALUD

Resolución Nº 29/00

Bs. As., 13/1/00

VISTO que, dentro de las políticas fijadas por el Gobierno Nacional, es un objetivo prioritario asegurar la salud de la población, y

CONSIDERANDO:

Que es competencia de este Ministerio atender los aspectos relacionados con la prevención, detección, diagnóstico y tratamiento del VIH/SIDA de las personas que viven con VIH y las afectadas por estas patologías, así como el mejoramiento de su calidad de vida.

Que, a fin de contribuir a esos efectos, resulta aconsejable instrumentar las medidas orgánico-funcionales que posibiliten la integración y articulación de las diferentes dependencias estructurales y programas vinculados con la temática en el ámbito de este Ministerio; con el objeto de optimizar la utilización de los recursos humanos y financieros, transformando la orientación de los mismos con vistas a un más eficiente cumplimiento del objetivo.

Que resulta menester en consecuencia, crear una UNIDAD COORDINADORA EJECUTORA que actúen en forma directa y específica sobre la temática descripta

Que será misión de esta UNIDAD COORDINADORA EJECUTORA coordinar las actividades del "PROGRAMA DE LUCHA CONTRA LOS RETROVIRUS HUMANOS" (Leucemia y Sida) creado por Resolución del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL Nº 18/92 en el ámbito de este Ministerio y las acciones del "PROYECTO DE CONTROL DEL SIDA Y ENFERMEDADES DE TRANSMISION SEXUAL-LUSIDA", proyecto con financiamiento del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO —BIF—.

Que la finalidad de la mencionada UNIDAD COORDINADORA EJECUTORA será la de instrumentar las acciones tendientes a asegurar la salud de los pacientes afectados con VIH y el mejoramiento de su calidad de vida; contribuyendo a la efectivización de las políticas públicas nacionales en el tema, y coordinándolas con las propias de los Gobiernos Provinciales y del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 23.798 la "Ley de Ministerios - T.O. 1992", modificado por la Ley Nº 25.233 y el artículo 1º, inciso a) del Decreto Nº 101/85.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Créase en jurisdicción de este Ministerio una UNIDAD COORDINADORA EJECUTORA, que funcionará en la órbita de la SECRETARIA DE ATENCION SANITARIA; cuya finalidad será la de instrumentar las acciones tendientes a asegurar la prevención, detección, diagnóstico y tratamiento del VIH/SIDA y sus patologías sobrevinientes.

ARTICULO 2º — La Unidad creada por el artículo precedente estará integrada por personal perteneciente a la planta de funcionarios de este Ministerio y su conformación será aprobada por Resolución del suscripto, pudiendo incorporarse a la misma personal contratado y transitorio.

ARTICULO 3º — La UNIDAD COORDINADORA EJECUTORA estará presidida por el suscripto, quien podrá designar un representante en su lugar —en calidad de coordinador— para llevar a cabo las acciones a desarrollarse.

ARTICULO 4º — Apruébanse los objetivos y acciones de la Unidad que se crea por el artículo 1º precedente, los que como Anexo I forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 5º — Desígnase Coordinadora de la UNIDAD COORDINADORA EJECUTORA a la DOCTORA Da. Mabel Beatriz BIANCO (L.C. 3.980.541), con el carácter de representante del señor Ministro de Salud y en condición "Ad-Honorem".

ARTICULO 6º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archívese. — Dr. HECTOR JOSE LOMBARDO, Ministerio de Salud.

ANEXO I

OBJETIVOS

1. Coordinar las actividades del "PROGRAMA NACIONAL DE LUCHA CONTRA LOS

RETROVIRUS HUMANOS SIDA/ETS", dependiente de la SECRETARIA DE ATENCION SANITARIA, con las del PROYECTO DE CONTROL DEL SIDA Y ENFERMEDADES DE TRANSMISION SEXUAL-LUSIDA.

2. Asegurar la ejecución federal de los cometidos del programa y del Proyecto, y la ejecución descentralizada de los mismos, con el objeto de garantizar la máxima cobertura de la población infectada y afectada.

3. Impulsar acciones complementarias tendientes a beneficiar al conjunto de la población afectada a través de una mejor organización de los programas vigentes, contribuyendo a la capacitación de los recursos humanos del sector.

4. Coordinar con otras jurisdicciones de nivel nacional la prevención, detección, diagnóstico y tratamiento del VIH/SIDA, garantizando los derechos humanos de las personas viviendo con el VIH así como de los afectados en el marco de la Ley Nº 23.798 y de las normas constitucionales vigentes.

5. Coordinar con otras Areas del ministerio la operación de las políticas y programas destinados a cumplir con el objetivo de la UNIDAD COORDINADORA EJECUTORA.

e. 26/1 Nº 306.711 v. 26/1/00