Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario

COMERCIO DE GRANOS

Disposición 7/2001

Autorízase a la Federación Agraria Argentina a emitir y vender nuevos formularios que se utilizan para documentar las operaciones de depósito (con excepción de aquellas normadas en la Ley Nº 9643), compraventa, mandato y consignación de granos.

Bs. As., 26/4/2001

VISTO el expediente Nº 800-002205/2001 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, la Resolución Conjunta Nº 857 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA y PESCA y Nº 23 de la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS de fecha 19 de diciembre de 1996, la Resolución Conjunta Nº 90 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y Nº 5 de la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS de fecha 25 de febrero de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones fueron elevadas por la Coordinación Jurídica de esta Oficina Nacional propiciando se autorice a la FEDERACION AGRARIA ARGENTINA, conforme la misma solicita, a imprimir y vender los formularios C1116A, 1116B y 1116C que, de conformidad con lo normado en las Resoluciones supra citadas, se utilizan para documentar las operaciones de depósito (con excepción de aquellas normadas en la Ley Nº 9643), compraventa, mandato y consignación de granos.

Que, siendo que la solicitante nuclea, entre otras, a entidades cooperativas que intervienen en la comercialización de granos, la misma se encuentra encuadrada en las previsiones de las normas antes mencionadas.

Que, por otra parte, la impresión y venta por parte de la solicitante de los aludidos formularios hará más fluido el acceso a los mismos de los operadores interesados en su adquisición.

Que tanto la Coordinación Jurídica de esta Oficina Nacional como la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA han tomado intervención.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo normado en el artículo 1º de la Resolución Conjunta Nº 857 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA y PESCA y Nº 23 de la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS de fecha 19 de diciembre de 1996 (texto ordenado por la Resolución Conjunta Nº 90 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y Nº 5 de la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS de fecha 25 de febrero de 1997).

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DISPONE:

Artículo 1º — Autorízase a la FEDERACION AGRARIA ARGENTINA a emitir y vender los formularios C1116 "A" (Nuevo Modelo), C1116 "B" (Nuevo Modelo) y C1116 "C" (Nuevo Modelo), conforme los términos de las Resoluciones citadas.

Art. 2º — Las medidas de seguridad que deberán cumplir los aludidos formularios son las consignadas en el artículo 2º de la Disposición Nº 4/ 97 de esta Oficina Nacional de fecha 12 de marzo de 1997.

Art. 3º — Otórgase a la entidad solicitante el Nº 04, el cual deberá ser impreso en los respectivos formularios, seguido de la numeración correlativa correspondiente.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar R. Merbilhaa.