SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Instrucción N° 11/2001

Bs. As., 31/5/2001

VISTO el artículo 74 de la Ley Nº 24.241, la Resolución SAFJP Nº 465/96, y el comunicado de prensa del MINISTERIO DE ECONOMIA del 24 de mayo de 2001 en el cual se anuncia un canje de Títulos Públicos Nacionales que se llevará a cabo el 1 de junio del corriente; y

CONSIDERANDO:

Que las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones pueden adquirir para los Fondos de Jubilaciones y Pensiones que administran y para sus Encajes títulos públicos nacionales para ser mantenidos hasta su vencimiento.

Que a los títulos públicos nacionales mantenidos hasta su vencimiento se les aplica un procedimiento especial de valuación.

Que la SECRETARIA DE FINANZAS DE LA NACION ha resuelto ofrecer al mercado el canje de: Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en Moneda Nacional 2° Serie (PRE 3), Bonos de Consolidación en Moneda Nacional 1° Serie (PRO1), Bonos de Consolidación en Moneda Nacional 2° Serie (PRO3), Bonos de Consolidación en Moneda Nacional 3° Serie (BOP3), Letras Externas de la República Argentina en Moneda Nacional vencimiento 2002 (LEXP2) y Letras Externas de la República Argentina en Moneda Nacional vencimiento 2007 (LEXP) por un Bono denominado en Moneda Nacional vencimiento en 2008; Bonos Externos 1992 (BX92), Bonos del Tesoro a Mediano Plazo 2002 (BT02), Bonos del Tesoro a Mediano Plazo —Tasa Flotante— 2003 (BT03), Bonos del Tesoro a Mediano Plazo 2003 (BON03), Bonos del Tesoro a Mediano Plazo 2004 (BON04), Bonos del Tesoro a Mediano Plazo 2005 (BON05), Bonos del Tesoro a Mediano Plazo 2006 (TF06F), Notas a Tasa Flotante vencimiento 2004 LIBOR + 575 puntos básicos, Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en Moneda Nacional 2° Serie (PRE 3), Bonos de Consolidación en Moneda Nacional 1° Serie (PRO1), Bonos de Consolidación en Moneda Nacional 2° Serie (PRO3), Bonos de Consolidación en Moneda Nacional 3° Serie (BOP3), Bonos a Tasa Flotante en Dólares Estadounidenses (FRB), Bonos de Margen Ajustable vencimiento 2002 (BRAJU), Bonos de la República Argentina de Cupón Variable vencimiento 2005 (BRVX1), Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en Dólares Estadounidenses 2° Serie (PRE4), Bonos de Consolidación en Dólares 1° Serie (PRO2), Bonos de Consolidación en Dólares Estadounidenses 2° Serie (PRO4), Bonos de Consolidación en Dólares Estadounidenses 3° Serie (BOD3), Bonos de Consolidación de Regalías Hidrocarburíferas vencimiento 2008 (BOHI), Bonos Globales de vencimiento 2003 (BGLO), Bonos Globales vencimiento 2005 (ARG05), Bonos Globales vencimiento 2006 (BGL4), Letras Externas de la República Argentina en pesos vencimiento 2002 (LEXP2), Letras Externas de la República Argentina en pesos vencimiento 2007 (LEXP), Bonos del Gobierno Nacional a Tasa Variable vencimiento 2001 en Dólares Estadounidenses Tasa Badlar + 500 puntos (TAV1), Bonos del Gobierno Nacional a Tasa Variable vencimiento 2001 en Dólares Estadounidenses Tasa Badlar + 600 puntos (TAV2), Bonos-Pagaré vencimiento noviembre 2001 Tasa Encuesta + 521 puntos básicos, Bonos-Pagaré vencimiento noviembre 2001 Tasa Badlar + 410 puntos básicos, Bonos-Pagaré vencimiento abril 2002 Tasa Encuesta + 400 puntos básicos, Bonos-Pagaré vencimiento agosto 2002 Tasa Encuesta + 330 puntos básicos, Bonos-Pagaré vencimiento octubre 2002 Tasa Encuesta + 580 puntos básicos, Bonos-Pagaré vencimiento febrero 2004 Tasa Encuesta + 435 puntos básicos por un Bono Global en Dólares Estadounidenses vencimiento 2008; Bonos Garantizados a Tasa Fija de la República Argentina en Dólares Estadounidenses vencimiento 2023 (PARD), Bonos Garantizados a Tasa Flotante de la República Argentina en Dólares Estadounidenses vencimiento 2023 (DISD), Bonos Globales de vencimiento 2009 (GLO09), Bonos Globales de vencimiento 2010 (GLO10), Bonos Globales de vencimiento 2012 (GF12D), Bonos Globales de vencimiento 2015 (GLO15) y Bonos Globales de vencimiento 2017 (BGL5) por un Bono Global vencimiento 2018; Bonos Globales de vencimiento 2019 (ARG19), Bonos Globales de vencimiento 2020 (GLO20), Bonos Globales de vencimiento 2027 (GLO27), Bonos Globales de vencimiento 2030 (GLO30), Bonos Globales de vencimiento 2031 (GLO31) y Bonos del Tesoro a Mediano Plazo vencimiento 2027 (BT04) por un Bono Global vencimiento 2031.

Que los Títulos Públicos Nacionales que participan del canje integran, en su mayoría, las carteras de los Fondos de Jubilaciones y Pensiones (FJP) y los Encajes y parte de ellos están imputados en el segmento "mantenido hasta su vencimiento".

Que el cambio de especies puede contribuir al objetivo de optimizar la cartera de títulos "mantenidos hasta su vencimiento" pero puede, a la vez, generar fluctuaciones importantes en el valor de los activos al momento del canje.

Que atento a estas circunstancias resulta necesario establecer un procedimiento especial de movilización de títulos de la custodia y de registro de las operaciones que no provoque distorsiones en el valor de las cuotas.

Que la gerencia de Asuntos Jurídicos ha emitido dictamen de legalidad en su carácter de servicio jurídico permanente.

Que esta Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones se encuentra facultada para el dictado de la presente instrucción en virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 80 de la Ley 24.241 y el artículo 1º del Decreto 1605/94.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES INSTRUYE:

ARTICULO 1º — Autorizar a las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones a participar del canje de los títulos públicos nacionales, incluyendo los "mantenidos hasta su vencimiento"

que a continuación se indican, en los términos establecidos por la SECRETARIA DE FINANZAS DE LA NACION dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA en su comunicado de prensa del 24 de mayo:

1. Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en Moneda Nacional 2ª Serie (PRE3)

2. Bonos de Consolidación en Moneda Nacional 1ª serie (PRO1)

3. Bonos de Consolidación en Moneda Nacional 2° Serie (PRO3)

4. Bonos de Consolidación en Moneda Nacional 3° Serie (BOP3)

5. Bonos Externos 1992 (BX92)

6. Bonos del Tesoro a Mediano Plazo 2002 (BT02)

7. Bonos del Tesoro a Mediano Plazo —Tasa Flotante— 2003 (BT03)

8. Bonos del Tesoro a Mediano Plazo vencimiento 2003 (BON03)

9. Bonos del Tesoro a Mediano Plazo vencimiento 2004 (BON04)

10. Bonos del Tesoro a Mediano Plazo vencimiento 2005 (BON05)

11. Bonos del Tesoro a Mediano Plazo vencimiento 2006 (TF06F)

12. Bonos a Tasa Flotante en Dólares Estadounidenses (FRB)

13. Bonos de Margen Ajustable vencimiento 2002 (BRAJU)

14. Bonos de la República Argentina de Cupón Variable vencimiento 2005 (BRVX1)

15. Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en Dólares Estadounidenses – 2ª Serie (PRE4)

16. Bonos de Consolidación en Dólares Estadounidenses 1ª serie (PRO2)

17. Bonos de Consolidación en Dólares Estadounidenses 2ª serie (PRO4)

18. Bonos de Consolidación en Dólares Estadounidenses 3ª serie (BOD3)

19. Bonos de Consolidación de Regalías Hidrocarburíferas vencimiento 2008 (BOHI)

20. Bonos Globales de vencimiento 2003 (BGLO)

21. Bonos Globales de vencimiento 2005 (ARG05)

22. Bonos Globales de vencimiento 2006 (BGL4)

23. Letras Externas de la República Argentina en pesos vencimiento 2002 (LEXP2)

24. Letras Externas de la República Argentina en pesos vencimiento 2007 (LEXP)

25. Bonos del Gobierno Nacional a tasa variable vencimiento 2001 en Dólares Estadounidenses Tasa Badlar + 500 puntos (TAV1)

26. Bonos del Gobierno Nacional a tasa variable vencimiento 2001 en Dólares Estadounidenses Tasa Badlar + 600 puntos (TAV2)

27. Notas a Tasa Flotante vencimiento 2004 LIBOR + 575 puntos básicos

28. Bonos Pagaré vencimiento noviembre 2001 Tasa de encuesta + 521 puntos básicos

29. Bonos Pagaré vencimiento noviembre 2001 Badlar + 410 puntos básicos

30. Bonos Pagaré vencimiento abril 2002 Tasa de encuesta + 400 puntos básicos

31. Bonos Pagaré vencimiento agosto 2002 Tasa de encuesta + 330 puntos básicos

32. Bonos Pagaré vencimiento octubre 2002 Tasa de encuesta + 580 puntos básicos

33. Bonos Pagaré básicos vencimiento febrero de 2004 Tasa de encuesta + 435 puntos

34. Bonos Garantizados a Tasa Fija de la República Argentina en Dólares Estadounidenses

vencimiento 2023 (PARD)

35. Bonos Garantizados a Tasa Flotante de la República Argentina en Dólares Estadounidenses vencimiento 2023 (DISD)

36. Bonos Globales de vencimiento 2009 (GLO09)

37. Bonos Globales de vencimiento 2010 (GLO10)

38. Bonos Globales de vencimiento 2012 (GF12D)

39. Bonos Globales de vencimiento 2015 (GLO15)

40. Bonos Globales de vencimiento 2017 (BGL5)

41. Bonos Globales de vencimiento 2019 (ARG19)

42. Bonos Globales de vencimiento 2020 (GLO20)

43. Bonos Globales de vencimiento 2027 (GLO27)

44. Bonos Globales de vencimiento 2030 (GLO30)

45. Bonos Globales de vencimiento 2031 (GLO31)

46. Bonos del Tesoro a mediano plazo vencimiento 2027 (BT04).

ARTICULO 2º — Los bonos adquiridos en canje serán asignados siguiendo los siguientes criterios:

a. Los Bonos denominados en Moneda Nacional con vencimiento en 2008, y los Bonos Globales en Dólares Estadounidenses con vencimiento en 2008, 2018 y 2031 serán asignados a las carteras instrumentos transables y a la cartera "a vencimiento", respetando las decisiones que las Administradoras comuniquen a esta Superintendencia.

b. Los Bonos denominados en Moneda Nacional con vencimiento en 2008, y los Bonos Globales en Dólares Estadounidenses con vencimiento en 2008, 2018 y 2031 serán asignados a las carteras instrumentos transables y a la cartera "a vencimiento", siguiendo los siguientes criterios, respetando las condiciones generales del canje:

b.1. Las partidas de los bonos "a vencimiento" a ser vendidas serán elegidas de acuerdo al criterio contable "último entrado primero salido". Se considerará como fecha de entrada aquella a partir de la cual se computan los cuatro años para determinar el momento de su enajenación o transferencia a la cartera de instrumentos transables.

b.2. Para las partidas susceptibles de ser canjeadas por los bonos denominados en Moneda

Nacional y Globales en Dólares Estadounidenses, ambos con vencimiento 2008, se asignarán en primer lugar los bonos en Dólares Estadounidenses a las partidas más próximas a cumplir su plazo de inmovilización de cuatro años.

b.3. La última partida elegida podrá quedar parcialmente afectada.

ARTICULO 3º — Los Bonos denominados en Moneda Nacional con vencimiento en 2008, y los Bonos Globales en Dólares Estadounidenses con vencimiento en 2008, 2018 y 2031 adquiridos mediante el procedimiento especial establecido por la SECRETARIA DE FINANZAS DE LA NACIÓN provenientes de la cartera "a vencimiento" deberán ser contabilizados dentro de los márgenes previstos para los títulos "mantenidos hasta su vencimiento"; la valuación de la partida seguirá las pautas generales establecidas al efecto, a partir de un "precio de compra ajustado"

ARTICULO 4º — El "precio de compra ajustado" para cada una de las partidas de bonos adquiridos se establecerá siguiendo el procedimiento que se define en el Anexo integrante de la presente Instrucción.

ARTICULO 5º — El cumplimiento del plazo previsto en el último párrafo del artículo 6º de la Resolución SAFJP Nº 465/96 se definirá sobre la base del plazo remanente para cada una de las partidas de los bonos vendidos.

ARTICULO 6º — Las diferencias que pudieran existir entre el monto de la venta y el monto de la compra deberá percibirse en efectivo.

ARTICULO 7º — Inmediatamente después de conocidos los resultados del canje, las AFJP deberán informar a esta Superintendencia el monto nominal de bonos aceptados por el emisor y la cantidad títulos (en valor nominal) que se retirará de la cartera transable y "a vencimiento" para concretar el canje.

Con la información recibida respecto de los bonos "a vencimiento" esta Superintendencia procederá a determinar la cantidad de nuevos bonos imputables a cada una de las partidas liberadas, adecuando los valores nominales, en caso de ser necesario, a efectos de considerar la fracción mínima de los bonos adquiridos.

ARTICULO 8º — Se autoriza a las Entidades Custodias de los Fondos de Jubilaciones y Pensiones y los Encajes a transferir la cantidad nominal de bonos que indique la Administradora con objeto del canje, a cualquiera de las cuentas fiduciarias abiertas a tal fin. Las Entidades Custodias deberán cotejar, al momento de la liquidación, la concordancia de los valores efectivos, al precio del canje, de los títulos entregados previamente con los recibidos más el efectivo si lo hubiere. De existir cualquier tipo de diferencia lo hará saber en forma inmediata a esta Superintendencia.

ARTICULO 9º — La presente Instrucción comenzará a regir el día de su suscripción.

ARTICULO 10. — Regístrese, comuníquese, notifíquese a las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, a las Entidades Custodias de los Fondos de Jubilaciones y Pensiones, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. FRANCISCO ASTELARRA, Superintendente de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.

ANEXO A LA INSTRUCCION SAFJP

Determinación del "precio de compra ajustado" de nuevos bonos adquiridos mediante procedimiento especial establecido por la Secretaría de Hacienda.

donde:

PAi: "precio de compra ajustado" de cada partida de nuevos bonos, a los efectos de la valuación según el Anexo II de la Instrucción N° 72 - punto II.3.5 de esta SAFJP, para cada partida de Bonos Canjeados.

VN_BCi: Cantidad nominal de bonos canjeados de la partida i.

VNEi: Cantidad nominal de nuevos bonos imputados a la partida i.

P_SAFJP_BCi: Precio que le correspondería a cada partida de Bonos Canjeados el día del canje (si éste no hubiera existido).

EFVO.PERCIBIDOi: dinero recibido de la partida i.

e. 6/6 N° 353.357 v. 6/6/2001