Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

SANIDAD VEGETAL

Resolución 188/2001

Apruébanse tratamientos para ser aplicados a frutos de pimiento y tomate.

Bs. As., 18/7/2001

VISTO el expediente N° 10.089/2001 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el Decreto N° 1297 de fecha 14 de mayo de 1975, la Resolución N° 23 del 12 de febrero de 1996 del ex-INSTITUTO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, las Resoluciones Nros. 776 del 2 de julio de 1998 y 1134 del 11 de agosto de 2000 ambas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que debido a las bajas temperaturas de los meses que se presentan en nuestro país durante el periodo invernal, se hace dificultoso alcanzar la temperatura de pulpa de la fruta requerida para la aplicación del tratamiento sin causar daños en la calidad de la misma.

Que como consecuencia de la dificultad de alcanzar esta temperatura, los mercados introductores ubicados en el interior de las zonas protegidas han denunciado la existencia de un grave riesgo de desabastecimiento de frutos de pimiento y tomate.

Que los frutos de pimiento y tomate poseen una condición de hospederos secundarios de Mosca de los Frutos y que de acuerdo a los registros de detección en barrera no se han encontrado larvas de esta plaga.

Que de acuerdo con las curvas de comportamiento poblacional de Mosca de los Frutos, en los meses invernales, éstas se encuentran en su mínimo nivel.

Que con anterioridad se consultó a Organismos Internacionales verificadores del Programa Nacional de Control y Erradicación de Moscas de los Frutos, otorgando la posibilidad de realizar en forma transitoria un tratamiento alternativo.

Que debido a las bajas temperaturas de los meses invernales del año 2000, por Resolución N° 1134 del 11 de agosto de 2000 este Servicio Nacional, dispuso la aplicacion de los tratamientos a determinados frutos, con temperaturas menores a las normadas.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8°, inciso i) del Decreto N° 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 394 del 1° de abril de 2001.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

Artículo 1° — Establecer con carácter de emergencia los siguientes tratamientos para ser aplicados a frutos de pimiento y tomate.

Tratamiento a aplicar:

PRODUCTO

TEMPERATURA (°C)

DOSIS (gr./m 3 )

TIEMPO DE EXPOSICION (horas)

Pimiento

12

32

3.5

Tomate

12

32

3.5

Art. 2° — La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial y hasta el 30 de septiembre de 2001.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Bernardo G. Cané.