INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución N° 1285/2001

Bs. As., 20/7/2001

VISTO la Ley 17.741, el Decreto 756/93, las Resoluciones 304/98, 1294/98, 499/99, 20/01, 21/01, 1100/01 y 1194/01/INCAA

CONSIDERANDO:

Que resulta menester arbitrar las medidas tendientes a facilitar la puesta en vigencia y validación de instrumentos útiles para la fiscalización del cumplimiento de las obligaciones tributarias de los distintos actores de la industria audiovisual.

Que las normas que implementen dichas medidas deben dictarse en consonancia con las consideraciones establecidas en la Resolución N° 1194/01/INCAA.

Que cuestiones operativas determinan la necesidad de adecuar la reglamentación vigente, con respecto a las condiciones a cumplir por parte de los usuarios, de salas cinematográficas y video clubes.

Que a Dirección de Asuntos Jurídicos del organismo ha prestado conformidad a la presente.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° - Los espectadores que, habiendo adquirido en salas de exhibición cinematográfica Boletos Oficiales Cinematográficos expendidos por sistemas de computación, podrán participar de los sorteos que realiza el Institutto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, remitiendo en sobre cerrado sólo los mismos. A tal efecto, se tomarán como válidos los datos consignados al dorso de los Boletines Oficiales Cinematográficos que dispongan de espacio a ese fin. En caso de no contar los Boletos con el citado espacio se tomarán como válidos los datos obrantes en el sobre remitido.

ARTICULO 2° - Los adquirentes o locadores de películas en video cassette, tendrán derecho a participar del sorteo correspondiente, remitiendo el ticket o factura de la adquisición o alquier del video cassette, cuando no dispongan del Boleto Oficial de Videograma. A tal efecto, se tomarán como válidos los datos obrantes en el sobre remitido.

ARTICULO 3° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. - Sr. JOSE MIGUEL ONAINDIA, Director Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 27/7 N° 358.391 v. 27/7/2001