MERCOSUR/GMC/RES. Nº 10/01

PAUTA DE TRABAJO DEL COMITE DE DIRECTORES DE ADUANAS

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 1/97, 2/99, 23/00 y 59/00 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 87/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución GMC Nº 87/00 creó el Comité de Directores de Aduanas del MERCOSUR, con la finalidad de facilitar el comercio en la región;

Que es necesario contar con un ámbito específico en el cual participen autoridades con capacidad decisoria, en consonancia con el objetivo de continuo perfeccionamiento de la Unión Aduanera;

Que es conveniente que las autoridades competentes puedan examinar y deliberar sobre temas relevantes.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 — El Comité de Directores de Aduanas debe incluir en su agenda de trabajo el tema del combate del contrabando de mercaderías, atribuyéndole tratamiento prioritario.

Art. 2 — Los Estados Partes integrarán sus delegaciones en el Comité en función de las materias a que se refiere esta Resolución.

Art. 3 — Instruir al Comité que establezca un programa de acciones efectivas orientadas al combate del contrabando, mediante mecanismos de prevención, fiscalización y represión, y que eleve al GMC una propuesta en ese sentido, antes de junio de 2001, con vistas a su aprobación en la próxima reunión del Consejo del Mercado Común.

Art. 4 — Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.

XLI GMC - Asunción, 26/IV/2001

NOTA: El Acta de la XLVIII Reunión de la Comisión de Comercio (CCM), celebrada los días 23 y 24 de abril y el Acta de la XLI Reunión del Grupo Mercado Común (GMC), celebrada los días 25 y 26 de abril de 2001, ambas en la Ciudad de Asunción - República del Paraguay, y sus respectivos Anexos se encuentran a disposición del público en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).

e. 31/7 Nº 356.926 v. 31/7/2001