EXENCION DE GRAVAMENES

Decreto 1078/2001

Exímese del pago del derecho de importación y otros gravámenes a los productos originarios y provenientes de los países participantes de "Security Expo South America 2001 -Exposición Internacional de Seguridad".

Bs. As., 24/8/2001

VISTO el Expediente N° 061-005223/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y CONSIDERANDO:

Que la firma SMG- SECURITY MEDIA GROUP SOCIEDAD ANONIMA, solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands originarios y procedentes de los países participantes en el evento "SECURITY EXPO SOUTH AMERICA 2001 - Exposición Internacional de Seguridad", a realizarse en el Centro COSTA SALGUERO, de la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 10 al 12 de octubre de 2001.

Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5°, inciso s), de la Ley N° 20.545 incorporado por su similar N° 21.450 y mantenido por el artículo 4° de la Ley N° 22.792.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Exímese del pago del derecho de importación, del impuesto al valor agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands originarios y procedentes de los países participantes en el evento "SECURITY EXPO SOUTH AMERICA 2001 - Exposición Internacional de Seguridad", a realizarse en el Centro COSTA SALGUERO, de la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 10 al 12 de octubre de 2001, para su exhibición, y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Chrystian G. Colombo. — Domingo F. Cavallo.