MERCOSUR/GMC/RES N° 21/01

PAUTA NEGOCIADORA DEL SGT N° 11 "SALUD" (DEROGACION DE LA RES. GMC N° 4/98)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 26/00 del Consejo del "Mercado Común, las Resoluciones N° 20/95, N° 38/95, N° 151/96, N° 61/97 y N° 4/98 del Grupo Mercado Común y la Recomendación N° 14/00 del SGT N° 11 "Salud".

CONSIDERANDO

Que los Estados Partes tienen el compromiso de armonizar sus legislaciones sectoriales con el objetivo de profundizar el proceso de integración regional.

Que la Resolución GMC N° 20/95 instruye a los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas a elaborar propuestas de Pautas Negociadoras indicando las tareas prioritarias definidas a la luz de las necesidades de la presente etapa del proceso de integración, el plazo razonable para su ejecución y los medios necesarios para su realización.

Que la Resolución GMC N° 151/96 establece que el SGT N° 11 "Salud" debe elaborar la propuesta de sus Pautas Negociadoras.

Que existen temas de interés, de tratamiento prioritario, y se hace necesario su actualización y la inclusión de nuevos tópicos, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido y los rápidos avances tecnológicos operados en dicho período, y que no estaban contemplados en la Res. GMC N° 4/98.

Que los Estados Partes acordaron evaluar el estado de cumplimiento de los objetivos establecidos para los Subgrupos de Trabajo, a fin de adecuar sus Pautas al proceso de Relanzamiento del MERCOSUR.

Que en virtud de lo expuesto, se estima oportuno aprobar la Pauta Negociadora elevada por el SGT N° 11.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 — Aprobar la Pauta Negociadora del Subgrupo de Trabajo N° 11 "Salud", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 — Derogar la Res. GMC N° 4/98 y modificar el plan de trabajo de la Comisión de Prestación de Servicios de Salud, de la Comision de Vigilancia Epidemiológica y Control Sanitario de Puertos, Aeropuertos, Terminales y Puntos de Frontera, así como el plan de trabajo de la Comisión de Productos para la Salud del SGT N° 11 "Salud" en las Res. GMC N° 38/95 y N° 61/97.

Art. 3 — La presente Resolución no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos nacionales de los Estados Partes por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.

XLII GMC - Asunción, 13/VI/01

NOTA: LAS ACTAS Y LOS ANEXOS DE LA XLII REUNION DEL GRUPO MERCADO COMUN Y DE LA XX REUNION DEL CONSEJO DEL MERCADO COMUN, CELEBRADAS LOS DIAS 12 Y 13 DE JUNIO Y 21 Y 22 DE JUNIO DE 2001, RESPECTIVAMENTE, AMBAS EN LA CIUDAD DE ASUNCION, ASI COMO EL ACTA Y LOS ANEXOS DE LA XXI REUNION EXTRAORDINARIA DEL GRUPO MERCADO COMUN CELEBRADA EL DIA 13 DE JULIO EN MONTEVIDEO Y EL ACTA Y LOS ANEXOS DE LA L REUNION DE LA COMISION DE COMERCIO, REALIZADA EN LA CIUDAD DE MONTEVIDEO LOS DIAS 30 Y 31 DE JULIO, SE ENCUENTRAN A DISPOSICION DEL PUBLICO EN LA SEDE CENTRAL DE ESTA DIRECCION NACIONAL (SUIPACHA 767, CAPITAL FEDERAL).