CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Resolución 242/2001
Modifícase el Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición para la designación de magistrados del Poder Judicial de la Nación, aprobado por Resolución Nº 78/99.
En Buenos Aires, a los 29 días del mes de agosto del año dos mil uno,
sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del
Poder Judicial de la Nación, con la Presidencia del Dr. Diego J. May
Zubiría, los señores consejeros presentes,
CONSIDERANDO:
1º) Que por resolución 78/99 este Consejo de la Magistratura aprobó el
Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición para la
designación de magistrados del Poder Judicial de la Nación, que
posteriormente fue reformado por las resoluciones 1/00, 38/00, 106/00,
155/00, 179/00, 273/00, 350/00 y 41/01.
2º) Que en el artículo 11 del citado reglamento, referido a las
constancias que deben acompañar los postulantes que se desempeñen —o se
hubiesen desempeñado— en el Poder Judicial Nacional, Provincial o de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se alude a “los antecedentes que
registre su legajo personal en cuanto a (…) sanciones disciplinarias
que se le hubieran aplicado con indicación de fecha y motivo”.
3º) Que en su artículo 13, inciso a), vinculado con las certificaciones
que deben adjuntar los interesados que se desempeñen —o se
hubieran desempeñado— en el ejercicio libre de la profesión, se
exige una “[c]onstancia del o de los tribunales de Disciplina de los
Colegios de Abogados donde se encontrasen matriculados, sobre la
existencia de causas disciplinarias y sobre su estado o resolución
recaída”.
4º) Que, sin perjuicio de las dificultades que en algunas oportunidades
se les plantean a los abogados que ejercen libremente su profesión para
una certificación sobre causas disciplinarias que se encuentran
pendientes de decisión por parte de los colegios en los que están
matriculados, resulta conveniente establecer requerimientos uniformes
para todos los concursantes.
Por ello,
SE RESUELVE:
Sustituir el texto del artículo 13, inciso a), del Reglamento de
Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición para la designación de
magistrados del Poder Judicial de la Nación, aprobado por resolución
78/99 del Consejo de la Magistratura y sus modificatorias, por el
siguiente:
“Art. 13 — (…)
a — Constancia del o de los Tribunales de Disciplina de los Colegios de
Abogados donde se encontrasen matriculados, sobre las sanciones
disciplinarias que se le hubieran aplicado con indicación de fecha y
motivo”.
Regístrese, hágase saber y publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Firmado ante mí, que doy fe. — María L. Chaya. — Humberto Quiroga Lavié
. — Javier E. Fernández Moores. — Angel F. Garrote. — Diego J. May
Zubiría. — Eduardo F. E. Orio. — Juan M. Gersenobitz. — Margarita A.
Gudiño de Argüelles. — Juan C. Gemignani. — Alfredo I. A. Vitolo. —
Bindo B. Caviglione Fraga. — Pablo G. Hirschmann.