JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
CIRCULAR N° 4/2001
Servicios básicos - Art. 1° del Decreto 1060/2001
Bs. As., 30/8/2001
Esta Oficina Nacional, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto 1060/2001, informa que todo lo concerniente al pago y demás obligaciones relativas con los servicios básicos prestados a las entidades y jurisdicciones comprendidas en el Artículo 8° de la Ley N° 24.156, deberán mantenerse en iguales condiciones a las existentes con anterioridad al dictado del citado Decreto. Ing. JUAN OSCAR LUNA, Director Nacional, Oficina Nacional de Contrataciones.
e. 6/9 N° 361.931 v. 7/9/2001