Ministerio de Infraestructura y Vivienda

CONTRATOS

Resolución 308/2001

Apruébase el modelo de Contrato de Fideicomiso y su respectivo Anexo, a suscribirse entre el Estado Nacional y el Banco de la Nación Argentina.

Bs. As., 4/9/2001

VISTO el Expediente N° 025-000520/2001 del Registro del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA y el Decreto N° 976 de fecha 31 de julio de 2001,y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 12 del Decreto N° 976 de fecha 31 de julio de 2001, se estableció que el ESTADO NACIONAL celebraría un contrato de fideicomiso, transfiriendo la propiedad fiduciaria de los bienes fideicomitidos al Fiduciario, para su administración, denominado FIDEICOMISO.

Que este MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA se encuentra facultado para aprobar el contrato de fideicomiso, conforme lo establecido en el Artículo 27 del mencionado decreto.

Que asimismo por el Artículo 28 del Decreto N° 976 de fecha 31 de julio de 2001, se ha delegado en el Señor Ministro de Economía y en el Señor Ministro de Infraestructura y Vivienda y/o en quienes sean designados en su reemplazo, la facultad de suscribir, en representación del ESTADO NACIONAL, el contrato de fideicomiso con el Fiduciario.

Que conforme lo establecido en el Artículo 29 del Decreto N° 976 de fecha 31 de julio de 2001 se ha instruido al BANCO DE LA NACION ARGENTINA, para que suscriba el citado contrato.

Que resulta necesario aprobar el modelo de contrato de fideicomiso a ser suscripto, a los efectos de establecer las relaciones contractuales entre el ESTADO NACIONAL, en su carácter de Fiduciante y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, en su carácter de Fiduciario.

Que el BANCO DE LA NACION ARGENTINA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA han tomado la intervención que les compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 27 del Decreto N° 976 de fecha 31 de julio de 2001.

Por ello,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el modelo de Contrato de Fideicomiso y su respectivo Anexo, a suscribirse entre el ESTADO NACIONAL y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —Carlos M. Bastos

NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).

(Nota Infoleg: Las modificaciones al Anexo se pueden consultar en nuestra base ingresando al icono "Esta norma es modificada, complementada y/o reglamentada por")