Secretaría de Comercio

IMPORTACIONES

Resolución 219/2001

Derógase la Resolución de la ex Secretaría de Industria. Comercio y Minería Nº 672/98. referida a la información contenida en los certificados de origen presentados por aplicación del denominado Control de Origen No Preferencial.

Bs. As., 10/9/2001

VISTO el Expediente Nº 061-007322/98 del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 672 de fecha 7 de octubre de 1998 se dispuso que la información contenida en los certificados de origen que deban presentarse por aplicación del denominado Control de Origen No Preferencial, integre la base de datos del programa de monitoreo de importaciones.

Que a efectos de la implementación de lo establecido en el considerando precedente, se decidió que los importadores deberían presentar UNA (1) copia fotostática de cada uno de los certificados de origen en oportunidad de la verificación que sobre la intervención de los funcionarios acreditados en el exterior es practicada por la Dirección General de Asuntos Consulares del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que la información contenida en tales certificados no ha venido siendo utilizada para la base de datos del programa de monitoreo de las importaciones teniendo en cuenta que la misma se fue nutriendo y conformando con el aporte de otras fuentes informativas y estadísticas.

Que a su vez la Dirección General de Asuntos Consulares dependiente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha solicitado a esta Secretaría se deje sin efecto tal requerimiento dada la magnitud de la documentación involucrada en esta tarea y las repercusiones operativas y administrativas que resultan del cumplimiento del mismo.

Que las razones expuestas aconsejan dejar sin efecto el trámite referido.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta de acuerdo a lo normado en la Ley de Ministerios —t.o. en 1992— los decretos Nros. 101 de fecha 16 de enero de 1985 y 1183 del 12 de noviembre de 1997 y en uso de las facultades conferidas por el artículo 26 de la Resolución ex M.E. y O. y S.P. Nº 763/96.

Por ello,

LA SECRETARIA DE COMERCIO

RESUELVE:

Artículo 1º — Derógase la Resolución de la Ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 672 de fecha 7 de octubre de 1998.

Art. 2º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Débora Giorgi.