Ministerio de Economía

PRESUPUESTO

Resolución 452/2001

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2001 de la empresa Servicio de Radio y Televisión de la Universidad Nacional de Córdoba S.A.

Bs. As., 7/9/2001

VISTO el Expediente Nº 001-000553/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA en que se tramita la aprobación del Presupuesto del ejercicio 2001 formulado por SERVICIO DE RADIO Y TELEVISION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA S.A., actuante en el área del MINISTERIO DE EDUCACION, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que obra en el Expediente mencionado en el VISTO, el informe favorable de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO sobre la medida propiciada.

Que el Artículo Nº 49 de la mencionada Ley y el Decreto Reglamentario Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA, la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2001 de la empresa SERVICIO DE RADIO Y TELEVISION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA S.A., de acuerdo con el detalle y cuadros que figuran en los Anexos I y II de la presente Resolución, respectivamente.

Art. 2º — Estímase en la suma de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL ($ 7.487.000) los ingresos de operación y fijase en la suma de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO ($ 7.457.418) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE OPERACION) estimado en PESOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS ($ 29.582) de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 3º — Estímase en la suma de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL ($ 7.487.000) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO ($ 7.561.418) los gastos corrientes y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO ($ 74.418) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 4º — Estímase en la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA MIL ($ 330.000) los ingresos de capital y fijase en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente Resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el ejercicio 2001 en PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO ($ 744.418) de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Domingo F. Cavallo.

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).