MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 1162/2001

Modificación del Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, en la parte correspondiente al citado Departamento de Estado.

Bs. As., 7/9/2001

VISTO: el expediente N° 129.283/01 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el Decreto N° 20/99 y sus modificatorios por el que se aprueba el Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, el Decreto N° 624/00 por el que se aprueba la estructura organizativa del citado MINISTERIO y el Decreto N° 918/01 por el que se transfiere la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL de dicha Jurisdicción a la órbita de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA —SUBSECRETARIA TECNICA— de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que por la experiencia acumulada durante la presente gestión es posible determinar la necesidad de efectuar ajustes en la estructura orgánica del área de dependencia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y la consecuente reasignación de responsabilidades de las unidades que la componen.

Que los mencionados ajustes tienden a lograr una correcta delimitación funcional y política de las áreas a efectos de evitar superposición de planos de actuación, minimizar los inconvenientes operativos y posibilitar el cumplimiento eficiente de las misiones y funciones que le corresponden al mencionado MINISTERIO.

Que la modificación que se dispone significa una economía en la gestión de la Jurisdicción, toda vez que se elimina una Unidad Operativa de primer nivel, con la absorción por parte del Superior de la responsabilidad primaria y acciones que tiene asignadas.

Que asimismo resulta necesario adecuar la mencionada estructura organizativa de conformidad con el Decreto N° 918 de fecha 17 de julio de 2001, mediante el cual se dispuso la transferencia de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL del ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a la órbita de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA —SUBSECRETARIA TECNICA— de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dieta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al Decreto N° 20 de fecha 13 de Diciembre de 1999 y sus modificatorios —Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría— el apartado XVI correspondiente al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que como planilla anexa al presente artículo, se acompaña.

Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II al Decreto N° 20 de fecha 13 de Diciembre de 1999 y sus modificatorios —Objetivos de las Unidades Organizativas—, el apartado XVI correspondiente al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en las planillas anexas al presente artículo.

Art. 3° — Sustitúyense los Anexos Ia, Ib y Ic al Decreto N° 624 de fecha 25 de Julio de 2000 — Estructura Organizativa del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS—, por los que se detallan en las planillas anexas al presente artículo.

Art. 4° — Incorporase como anexo If al Decreto N° 624 de fecha 25 de Julio de 2000 —Estructura Organizativa del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS—, el Organigrama de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS conforme el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 5° — Suprímese del Decreto N° 624 de fecha 25 de julio de 2000 —Estructura Organizativa del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS—, como Unidad Operativa de primer nivel, la DIRECCION GENERAL DE MANTENIMIENTO Y OBRAS PENITENCIARIAS, cuya responsabilidad primaria y acciones serán asumidas por la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS.

Art. 6° — Sustituyese del Anexo IIIa al Decreto 624 de fecha 25 de julio de 2000 —Estructura Organizativa del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS—, los Programas Presupuestarios 18 —Política e Infraestructura Penitenciaria— y 20 —Elaboración de Proyectos Normativos—, por los que se detallan en las planillas anexas al presente artículo.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y Archívese. — DE LA RUA. — Chrystian G. Colombo. — Jorge E. De La Rúa.

Planilla Anexa al artículo 1°

XVI - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

• SUBSECRETARIA DE COORDINACION

• SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

• SUBSECRETARIA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS

• SECRETARIA DE JUSTICIA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS

• SUBSECRETARIA DE JUSTICIA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS

• SECRETARLA DE POLITICA CRIMINAL

Planilla Anexa al artículo 2°

XVI – MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

• SUBSECRETARIA DE COORDINACION

1. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio fmanciero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción, así como la planificación de las actividades de administración.

5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización y sistemas administrativos e informáticos.

6. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

7. Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción.

• SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

1. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en los planes, programas y políticas relativas a la promoción y defensa de los derechos humanos.

2. Intervenir en materia de derechos humanos, su promoción y reafirmación en la sociedad y en los Poderes públicos.

3. Coordinar todo lo relacionado con el cumplimiento de las normas que reconozcan y reglamenten los derechos humanos en el país, promover la difusión de su conocimiento, prevenir eventuales violaciones y formular las denuncias pertinentes.

4. Formular políticas, proyectar normas y ejecutar programas que garanticen la igualdad de oportunidades y la no discriminación de grupos o personas.

• SUBSECRETARIA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS

1. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la administración y funcionamiento del Servicio Penitenciario Federal, política y programas penitenciarios, reforma penitenciaria, ejecución penal y readaptación social.

2. Dirigir la elaboración y ejecución del plan de construcción y mantenimiento de las unidades penitenciarias del Servicio Penitenciario Federal.

3. Dirigir estudios, investigaciones y estadísticas vinculados con la problemática penitenciaria, el sistema penitenciario y la política de readaptación social, planificar los programas y ejecutar las acciones.

4. Participar en la elaboración de anteproyectos normativos en el área de su competencia.

5. Coordinar las acciones con los servicios penitenciarios provinciales.

6. Promover el desarrollo de los patronatos de liberados.

7. Intervenir en los casos de indultos y conmutación de penas.

8. Intervenir en las actividades relativas a la aplicación del régimen de extradición y promover el desarrollo consensuado de políticas comunes con organismos internacionales y de otros países, en especial los países limítrofes en materia de ejecución penal, promoviendo asimismo actividades conjuntas de investigación, capacitación y entrenamiento en materia penitenciaria y de readaptación social.

• SECRETARIA DE JUSTICIA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS

1. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en sus relaciones con el Poder Judicial, el Ministerio Público y el Consejo de la Magistratura.

2. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en sus relaciones con el Congreso de la Nación.

3. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la coordinación de los programas jurídicos, sociales y de atención comunitaria y supervisar su funcionamiento.

4. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la coordinación de las actividades de cooperación jurídica nacional e internacional,

5. Planificar y coordinar las actividades de los Registros a cargo del Ministerio como autoridad de aplicación.

6. Desarrollar actividades de colaboración en materias de su competencia con las provincias y organismos oficiales y privados, mediante la prestación del apoyo y cooperación necesarios para optimizar la realización de sus tareas.

7. Entender en la coordinación de la gestión encomendada al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por el artículo 33 bis de la Ley N° 23.737 incorporado por el artículo 12 de la Ley N° 24.424.

8. Intervenir en la substanciación de sumarios administrativos.

9. Efectuar el estudio de proyectos de leyes y decretos originados en otras áreas del Poder Ejecutivo Nacional para aconsejar al Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

10. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en el seguimiento del trámite parlamentario de los proyectos de competencia de la jurisdicción y en lo relacionado con el ejercicio constitucional del veto.

11. Coordinar las acciones del Sistema Argentino de Informática Jurídica.

12. Intervenir en la elaboración de proyectos normativos relativos a la integración jurídica con otros países y en las actividades de cooperación jurídica nacional e internacional.

13. Elaborar anteproyectos de reforma y actualización de textos legales y de normas reglamentarias, entender en el ordenamiento y compilación de normas jurídicas y organizar el trabajo de las comisiones que se creen con esa finalidad.

14. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en los temas relacionados con medios alternativos de resolución de disputas.

• SUBSECRETARIA DE JUSTICIA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS

1. Asistir al Secretario de Justicia y Asuntos Legislativos en el análisis de los asuntos sometidos a su consideración.

2. Asistir en los temas vinculados con los Registros dependientes del área.

3. Asesorar en la celebración de convenios para la cooperación jurídica y ejecutar las acciones correspondientes.

4. Instruir sumarios administrativos en los casos previstos por el ordenamiento jurídico vigente.

5. Participar en los estudios relacionados con los proyectos de leyes y decretos originados en otras áreas del Poder Ejecutivo Nacional, asistiendo al Secretario de Justicia y Asuntos Legislativos en la intervención que le compete en ese aspecto.

• SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL

1. Diagramar la política criminal de la Nación y formular planes y programas específicos en la materia.

2. Dirigir estudios, investigaciones y estadísticas referidas a cuestiones de política criminal.

3. Participar en la elaboración de anteproyectos legislativos en materia de política criminal.

4. Atender los temas relacionados con las funciones que la Ley N° 24.417 de protección contra la violencia familiar y su Decreto Reglamentario N° 235/96, asignan al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y con el Cuerpo Interdisciplinario en Violencia Familiar creado por el citado Decreto.

5. Desarrollar actividades de colaboración en materia de su competencia con otros organismos oficiales mediante la prestación del apoyo y cooperación necesarios para optimizar la realización de sus tareas.

6. Coordinar las acciones relativas al programa de protección de testigos.

7. Atender los temas relacionados con el Registro Nacional de Reincidencia.

8. Promover el desarrollo consensuado de políticas comunes con organismos internacionales y otros países, en especial los países limítrofes, en materia de política criminal, promoviendo asimismo actividades conjuntas de investigación y capacitación en materia político-criminal.