Ministerio de Economía

CORPORACION ARGENTINA DE PRODUCTORES DE CARNE

Resolución 506/2001

Establécese que la Subsecretaría de Normalización Patrimonial asuma la culminación del proceso liquidatorio de la citada Corporación.

Bs. As., 24/9/2001

VISTO el Expediente N° 090-002614/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2284 de fecha 31 de octubre de 1991, se dispuso la disolución de la CORPORACION ARGENTINA DE PRODUCTORES DE CARNE, en ese entonces dependiente de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que el artículo 64 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999) dispone que los procesos liquidatorios de los entes residuales de empresas, organismos o sociedades pertenecientes total o parcialmente al ESTADO NACIONAL, declarados o que se declaren en estado de liquidación por cualquier causa, se desarrollarán sin excepción en el ámbito de este Ministerio.

Que según lo dispuesto por el artículo 2° de la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 777 de fecha 25 de junio de 1999, los procesos liquidatorios de los entes residuales de empresas, organismos o sociedades pertenecientes total o parcialmente al ESTADO NACIONAL se desarrollarán en el ámbito de competencia de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL actualmente dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio.

Que en tal inteligencia, con fecha 27 de julio de 2001, se suscribió un Acta de Transferencia, por la que se efectuó el traspaso a la órbita de competencia de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio, de la CORPORACION ARGENTINA DE PRODUCTORES DE CARNE (en disolución), a esa fecha dependiente de la SUBSECRETARIA DE ECONOMIA AGROPECUARIA Y REGIONAL de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de este Ministerio.

Que la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio es el organismo competente de esta jurisdicción para entender en la coordinación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa, conforme a la estructura orgánica de este Departamento de Estado aprobada por el Decreto N° 431 de fecha 17 de abril de 2001.

Que a los fines de considerar la conducción del proceso liquidatorio de la CORPORACION ARGENTINA DE PRODUCTORES DE CARNE (en disolución) cabe tener presente que el mismo se encuentra en su etapa final.

Que en virtud de ello, resulta conveniente que la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL asuma la culminación del proceso liquidatorio de la CORPORACION ARGENTINA DE PRODUCTORES DE CARNE (en disolución), dependiente de dicha Subsecretaría de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 2394 de fecha 15 de diciembre de 1992.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

Artículo 1° — La SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio asumirá, a partir de la fecha de la presente Resolución, la Liquidación de la CORPORACION ARGENTINA DE PRODUCTORES DE CARNE (en disolución) dependiente de dicha Subsecretaría.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Domingo F. Cavallo.