MINISTERIO DE ECONOMIA

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 491/2001

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura Organizativa. Su modificación.

Bs. As., 5/10/2001

VISTO que por los Decretos Nros. 646 del 11 de julio de 1997 y 62 del 29 de enero de 1999 y la Disposición Nº 128 del 9 de marzo de 1998 (t. o. por Disposición Nº 37 del 18 de enero de 1999 y sus modificatorias), se aprobó la estructura organizativa de este Organismo, y

CONSIDERANDO:

Que razones operativas y funcionales aconsejan la creación de una unidad orgánica cuyo accionar se relacione con el apoyo técnico administrativo en los asuntos que se sometan a consideración de la Dirección General de Aduanas.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y de Planificación y Administración.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º — Crear una unidad orgánica con nivel de Dirección denominada "Secretaría Técnico Institucional", dependiente jerárquicamente de la Dirección General de Aduanas.

ARTICULO 2º — Determinar que el Departamento Técnico Institucional y la División Despacho Aduanero, dependientes de la Dirección General de Aduanas pasen a depender jerárquicamente de la Dirección de Secretaría Técnico Institucional.

ARTICULO 3º — Reemplazar los Anexos I, A13 y B13 —en la parte pertinente— de la estructura organizativa vigente por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JOSE ARMANDO CARO FIGUEROA, Administrador Federal.

ANEXO B13

DIRECCION DE SECRETARIA TECNICO INSTITUCIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir las acciones y tareas de apoyo técnico y administrativo en los asuntos que se sometan a consideración del Director General de Aduanas, observando el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, relativas a procedimientos administrativos. Coordinar los aspectos que hagan a las actividades institucionales de la dependencia, ejerciendo la representación del Director General cuando éste así lo disponga, en todo aquello que guarde relación con la propia esfera de acción.

ACCIONES

1. Analizar y evaluar las actuaciones que se sometan a consideración del Director General de Aduanas, emitiendo opinión técnico institucional en los asuntos que lo justifiquen, recomendando las acciones y los procedimientos a seguir.

2. Promover acciones representando al Director General de Aduanas ante otras entidades, organismos y/o instituciones.

3. Efectuar las tareas relacionadas con las actividades institucionales de la dependencia, en el ámbito nacional e internacional.

4. Intervenir en las tareas relacionadas con la recepción, distribución, consulta y archivo de la documentación que sea enviada a consideración de la Dirección General de Aduanas, conforme lo establezcan las normas dictadas a tales fines.

5. Efectuar el seguimiento de los trámites administrativos de la Dirección General de Aduanas, cumpliendo y haciendo cumplir las normas relativas a procedimientos administrativos.

6. Entender en la prestación de asistencia a los usuarios del servicio aduanero, de conformidad con el programa "Aduana Escucha".

7. Proporcionar información a responsables expresamente autorizados, así como efectuar el seguimiento de la documentación remitida y recibida.

8. Atender los asuntos administrativos internos inherentes a los recursos humanos y suministros de bienes materiales de la Dirección General y del área.

DEPARTAMENTO TECNICO INSTITUCIONAL

ACCIONES

Asistir a la Dirección en temas técnicos, institucionales e internacionales vinculados con la materia aduanera, en su actuación con organismos de carácter público o privado nacionales, provinciales, municipales y extranjeros así como con particulares.

TAREAS

1. Cumplir funciones de enlace y gestión ante consultas técnicas realizadas por Aduanas de otros países y por las agregadurías comerciales de embajadas extranjeras destacadas en la República Argentina.

2. Entender en la negociación de Convenios con otros Servicios aduaneros extranjeros.

3. Mantener fluido intercambio informativo con todas las aduanas del mundo.

4. Coordinar la participación de la Dirección General de Aduanas y de sus funcionarios, en reuniones de Cancillería, convenciones, congresos y demás eventos nacionales e internacionales, procediendo a la evaluación, recopilación y archivo de los correspondientes informes que se elaboren.

5. Organizar y coordinar visitas de profesores y estudiantes avanzados de carreras relacionadas con el Comercio Exterior, que se dictan en Universidades y/o Institutos Terciarios, tendientes a tomar contacto directo con la operatoria aduanera.

6. Propiciar el desarrollo continuo de las medidas más adecuadas para facilitar los trámites a los usuarios del Servicio aduanero.

7. Ejercer la Secretaría Permanente del Consejo Consultivo Aduanero.

8. Actuar en representación del Director del área y en su caso del Director General de Aduanas, ante organismos nacionales, provinciales, municipales y extranjeros.

9. Coordinar la actualización de la página de la Dirección General de Aduanas en Internet.

10. Procesar y elaborar los datos estadísticos y los gráficos descriptivos del ejercicio de las atribuciones de contralor, llevadas a cabo por las dependencias aduaneras.

DIVISION DESPACHO ADUANERO

ACCIONES

Recepcionar, registrar, despachar y archivar la documentación que ingrese a la Dirección General de Aduanas y practicar el seguimiento de la documentación intervenida, su numeración, carátula y remisión de actuaciones iniciadas.

TAREAS

1. Recibir antecedentes, notas, expedientes, actuaciones, y demás documentación que sean ingresadas a las distintas dependencias de la Dirección General de Aduanas, controlando que se ajusten a las normas establecidas para su elaboración, redacción y diligenciamiento.

2. Caratular y asignar número a las actuaciones que sean giradas a la Dirección General de Aduanas.

3. Informar el destino otorgado a las actuaciones y/o expedientes, en caso de ser requerido.

4. Controlar los distintos desgloses y agregaciones de actuaciones y/o expedientes que se realicen y su foliatura.

5. Codificar y categorizar la información para su distribución a las dependencias que correspondan.

6. Intervenir en el archivo de toda documentación, conforme la normativa vigente en la materia.

7. Coordinar un adecuado sistema de archivo de los elementos documentales de la ex Administración Nacional de Aduanas y de la Dirección General de Aduanas.

8. Administrar, registrar y comunicar al área contable respectiva, el movimiento de la Caja Chica de la División.

e. 10/10 Nº 365.719 v. 10/10/2001