MINISTERIO DE ECONOMIA

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición N° 566/2001

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura Organizativa. Su modificación.

Bs. As., 6/11/2001

VISTO que por los Decretos Nros. 646 del 11 de julio de 1997 y 1231 del 2 de octubre de 2001 y la Disposición N° 128 (AFIP) del 9 de marzo de 1998 (t. o. por Disposición N° 37 (AFIP) del 18 de enero de 1999 y sus modificatorias), se aprobó la estructura organizativa de este Organismo, y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición N° 471 (AFIP) del 20 de septiembre de 2001 se restaura la operatividad de la Subdirección General de Contralor como parte de las estrategias para el logro de los objetivos institucionales de la AFIP.

Que en orden a lo expuesto dicha Subdirección General aconseja modificar la dependencia jerárquica de los Departamentos Sumarios Administrativos y Asuntos Internos.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y de Planificación y Administración.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Asuntos Internos" y su unidad dependiente, existentes en el ámbito de la Administración Federal de Ingresos Públicos, pasen a depender de la Subdirección General de Contralor.

ARTICULO 2° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Sumarios Administrativos" y sus unidades dependientes, existentes en el ámbito de la Subdirección General de Recursos Humanos, pasen a depender de la Subdirección General de Contralor.

ARTICULO 3° — Dejar sin efecto la Disposición N° 735 (AFIP) del 20 de septiembre de 2000.

ARTICULO 4° — Reemplazar los Anexos I, A34, A36, A44, B34 y C de la estructura organizativa vigente por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JOSE ARMANDO CARO FIGUEROA, Administrador Federal.

 

ANEXO B34

SUBDIRECCION GENERAL DE CONTRALOR

DEPARTAMENTO ASUNTOS INTERNOS

ACCION

Controlar la conducta del personal del Organismo en sus tareas específicas.

TAREAS

1. Verificar la gestión y la conducta de los agentes que se desempeñan en el Organismo en lo que se refiere a las responsabilidades del mismo en todos sus aspectos a fin de preservar la imagen de la repartición y las normas éticas irrenunciables a las cuales deben atenerse los agentes en sus funciones, durante el desarrollo de dichas tareas o posteriormente a ellas y aún en forma preventiva.

2. Esclarecer cualquier situación presuntamente anómala que resultare de la actividad del personal en lo que se refiere a las responsabilidades del mismo, derivando las conclusiones arribadas a las dependencias correspondientes.

3. Proponer medidas correctivas que perfeccionen los métodos y procedimientos empleados.

4. Analizar las denuncias recibidas contra personal del Organismo, proponiendo y controlando la tramitación a efectuar.

5. Proceder a la fiscalización de aquellos sujetos y/u operaciones ya fiscalizados o en curso de fiscalización por otras dependencias del Organismo cuya situación real deba establecerse o corroborarse para que la Subdirección General de Contralor pueda cumplir acabadamente con su responsabilidad primaria.

DEPARTAMENTO SUMARIOS ADMINISTRATIVOS

ACCION

Dirigir, supervisar y efectuar el control de la instrucción de sumarios administrativos e investigaciones administrativas, según corresponda.

TAREAS

1. Controlar la aplicación de las normas de procedimiento que regulan el inicio, sustanciación y finalización de los sumarios y/o investigaciones administrativas.

2. Proponer a las distintas áreas las designaciones de instructores sumariantes que le sean requeridas por las mismas.

3. Llevar a cabo la coordinación y supervisión de las actividades que cumplan los instructores designados, inclusive los del interior del país en la medida en que se encuentren afectados a dicha labor.

4. Supervisar la observancia de los plazos para la sustanciación de las causas, así como el cumplimiento de la obligación de formular denuncias ante la autoridad policial y/o judicial y sus formalidades.

5. Controlar la aplicación de las suspensiones preventivas al personal sumariado —cuidando que se cumplan estrictamente sus términos—, el cumplimiento de las disposiciones que rigen en ocasión de detectarse un real o presunto perjuicio fiscal, las prevenciones ulteriores en resguardo del Patrimonio Nacional y demás aspectos relativos a las normas de procedimiento que regulan la iniciación y sustanciación de los sumarios e investigaciones administrativas.

6. Informar bimestralmente a la Superioridad y a las asociaciones gremiales del personal del Organismo el estado en que se encuentran los trámites sumariales y enviar a las citadas asociaciones copia del acto administrativo que ordene la instrucción del sumario.

7. Proyectar las resoluciones a dictar en los sumarios administrativos e investigaciones administrativas a su cargo.

8. Llevar el registro y control de los sumarios administrativos.

DEPARTAMENTO ADMINISTRACION Y CONTROL DE GESTION

ACCION

Entender en las tareas de apoyo a las dependencias de la Subdirección General de Contralor; establecer las necesidades humanas y materiales; intervenir en la elaboración de los planes que optimicen su funcionamiento y ejercer el control de gestión respectivo.

TAREAS

1. Evaluar las necesidades requeridas para el correcto funcionamiento de la Subdirección General de Contralor de acuerdo a los planes aprobados y controlar su ejecución.

2. Elaborar estudios para optimizar la utilización de los recursos humanos y materiales de la Subdirección General.

3. Proponer la contratación o provisión de los recursos humanos y materiales necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Subdirección General.

4. Efectuar el seguimiento de las actividades realizadas, evaluando los informes sobre el grado de avance y las conclusiones elaboradas por las distintas áreas, previo a su remisión al Sudirector General de Contralor.

5. Evaluar y controlar el cumplimiento de los planes, funciones, sistemas de información y grado de alcance de los objetivos de cada una de las áreas de la Subdirección General.

6. Informar al Subdirector General periódicamente o cuando este lo estime conveniente, sobre la gestión desarrollada por las áreas de la Subdirección.

7. Elaborar información estadística relacionada con la gestión y efectuar su publicación.

8. Recibir, registrar y despachar la documentación que ingresa a la Subdirección General, realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes materiales, atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y participar al área pertinente del movimiento de los fondos de la Caja Chica asignada a la Subdirección General.

DIRECCION DE INFORMACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el relevamiento y análisis de la información relativa a la gestión del Organismo, y a las normas, procedimientos, planes y metodologías de trabajo aplicadas en todas las dependencias que conforman la Administración Federal de Ingresos Públicos, durante la ejecución de dichas acciones o posteriormente a su realización.

ACCIONES

1. Coordinar la ejecución de las tareas de relevamiento, procesamiento y análisis de la información.

2. Entender en el relevamiento de los planes, las normas, los procedimientos y las metodologías de trabajo aplicadas por las dependencias que conforman el Organismo.

3. Evaluar la información y los resultados obtenidos, y propiciar las acciones que se estime correspondan, de acuerdo a las pautas establecidas por la Subdirección General de Contralor.

DEPARTAMENTO RELEVAMIENTO DE INFORMACION

ACCION

Entender en la definición y ejecución de los procesos de relevamiento de información proveniente de las dependencias que conforman el Organismo, propiciando de corresponder la obtención de información de terceros que resulte necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

TAREAS

1. Recibir, registrar, procesar y clasificar la información relevada, conforme a las instrucciones recibidas de la Superioridad.

2. Establecer normas de seguridad para la protección de dicha información.

3. Requerir, por intermedio del Subdirector General de Contralor, a cualquier ente público y/o privado, la información complementaria que resulte necesaria para el cumplimento de sus funciones.

4. Compilar y suministrar la información en los formatos requeridos para la realización de las tareas a cargo del Departamento de Análisis.

DEPARTAMENTO DE ANALISIS DE INFORMACION

ACCION

Analizar la información suministrada por el Departamento Relevamiento de Información, relacionando y enriqueciendo su contenido recurriendo a la proveniente de otras fuentes; y preparar las normas de procedimiento para ser aplicadas por las dependencias de la Dirección de Operaciones, una vez aprobadas por la Subdirección.

TAREAS

1. Analizar la información recibida y evaluar su contenido.

2. Elaborar propuestas referidas a procedimientos, normas y metodologías de trabajo, que permitan mejorar la gestión de las dependencias que conforman la Administración Federal de Ingresos Públicos, de acuerdo a las directivas establecidas por la Superioridad.

3. Requerir, por intermedio del Subdirector General de Contralor, a cualquier ente público y/o privado, la información complementaria que resulte necesaria para el cumplimento de sus funciones.

DIRECCION OPERACIONES DE CONTRALOR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender, conforme a las directivas impartidas por la Superioridad, en las tareas de investigación y control de la gestión de las dependencias que conforman la Administración Federal de Ingresos Públicos, tanto en sus aspectos internos como en lo referido a la vinculación que mantienen con el Organismo los contribuyentes, responsables o terceros.

ACCIONES

1. Coordinar las funciones y procedimientos de los departamentos que conforman la Dirección.

2. Coordinar con las áreas operativas y centrales del Organismo el apoyo requerido para el desarrollo de las tareas a cargo de la Dirección, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Superioridad.

DEPARTAMENTO CONTROL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS

ACCION

Entender en las tareas vinculadas con el control de la gestión de las dependencias que conforman la Dirección General Impositiva, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Superioridad; informando de las deficiencias detectadas y las correciones necesarias.

TAREAS

1. Conducir coordinar y supervisar las tareas de investigación y control de gestión, conforme a los programas elaborados.

2. Evaluar el contenido de los planes en vigencia, respecto del cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de contribuyentes, responsables o terceros.

3. Efectuar tareas selectivas de fiscalización y de verificación que permitan evaluar la labor del personal, y las actividades de las áreas de Investigación.

DEPARTAMENTO CONTROL DE OPERACIONES ADUANERAS

ACCION

Entender en las tareas vinculadas con el control de la gestión de las dependencias que conforman la Dirección General de Aduanas, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Superioridad, informando de las deficiencias detectadas y las correcciones necesarias.

TAREAS

1. Conducir coordinar y supervisar las tareas de investigación y control de gestión, conforme a los programas elaborados.

2. Evaluar el contenido de los planes en vigencia, respecto del cumplimiento de las normas que regulan la actividad aduanera por parte de los importadores, exportadores, agentes del comercio internacional y terceros.

3. Efectuar tareas selectivas de revisión de clasificaciones arancelarias, valoración de mercaderías, fiscalización documental y de control del comercio internacional, que permitan evaluar la labor del personal interveniente.

e. 13/11 N° 369.484 v. 13/11/2001