Secretaría de Finanzas

y

Secretaría de Hacienda

DEUDA PUBLICA

Resolución Conjunta 112/2001 y 381/2001

Modifícase la Resolución Conjunta N° 222/ 2001-SH y N° 80/2001-SF, mediante la cual se aprobó la emisión de Pagarés o "Bonos del Gobierno Nacional o Tasa Variable".

Bs. As., 13/11/2001

VISTO el Expediente N° 173-000601/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, las Leyes N° 25.401 y N° 24.156, el Decreto N° 1588 de fecha 26 de julio de 1993 modificado por el Decreto N° 967 de fecha, 30 de julio de 2001, el Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999 modificado por el Decreto N° 431 de fecha 17 de abril de 2001, y el Decreto 424 de fecha 10 de abril de 2001 y la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 222 y N° 80, respectivamente, de fecha 7 de agosto de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 5° de la Ley N° 25.401 se autorizó al Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera a realizar operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central.

Que el artículo 57 inciso a) de la Ley N° 24.156, estableció que el endeudamiento que resulte de las operaciones de crédito público podrá originarse en la emisión y colocación de títulos, bonos u obligaciones de largo y mediano plazo, constitutivos de un empréstito.

Que el Decreto N° 20/1999 modificado por el Decreto N° 431/2001 establece que la SECRETARIA DE HACIENDA conjuntamente con la SECRETARIA DE FINANZAS ejercerán la función de Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera.

Que mediante el artículo 1° de la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 222/ 2001 y N° 80/2001, respectivamente, se dispuso la ampliación del "Programa de Financiación a instrumentarse mediante Pagarés o Bonos" por hasta un VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL (V.N. U$S 743.290.000).

Que por el artículo 2° de la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 222/ 2001 y N° 80/2001, respectivamente, se aprobó la emisión de Pagarés o "BONOS DEL GOBIERNO NACIONAL A TASA VARIABLE" por un monto de hasta VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL (V.N. U$S 743.290.000) en el marco del Programa ampliado, a ser colocado en varios tramos.

Que por los artículos 3° y 4° de la Resolución conjunta antes mencionada se dispuso la ampliación de la emisión de las "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES A TASA ENCUESTA + 4,95% 2001-2004" Serie N° 74/76, en CINCO (5) tramos y de las "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES A TASA BADLAR + 2,98% 2001-2004" Serie N° 75/77, a ser colocadas en SEIS (6) tramos, respectivamente.

Que dado que los Pagarés o "BONOS DEL GOBIERNO NACIONAL A TASA VARIABLE" son títulos elegibles para el canje voluntario recientemente anunciado, se entendió conveniente ofrecer a los bancos suscriptores la alternativa de recibir las "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES A TASA ENCUESTA + 4,95% 2001-2004" Serie N° 74/76 o las "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES A TASA BADLAR + 2,98% 2001-2004" Serie N° 75/77, al vencimiento de las Letras del Tesoro ("LETES").

Que conforme a la alternativa elegida por los bancos es necesario modificar la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 222/ 2001 y N° 80/2001, respectivamente, a fin de reflejar correctamente la transacción realizada.

Que por las ampliaciones en tramos de las "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES A TASA ENCUESTA + 4,95% 2001-2004" Serie N° 74/76 o las "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES A TASA BADLAR + 2,98% 2001-2004" Serie N° 75/77, se deben reconocer gastos de traducción de la documentación como así también gastos legales a ser abonados a los abogados externos del Agente de Fiducia del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que los suscritos se encuentran facultados para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 25.401 y en los Decretos N° 1588 de fecha 26 de julio de 1993 modificado por el Decreto N° 967 de fecha 30 de julio de 2001, N° 20 de fecha 13 de diciembre de 2001 modificado por el Decreto N° 431 de fecha 17 de abril de 2001 y N° 424 de fecha 10 de abril de 2001.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

Y

EL SECRETARIO DE FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1° — Sustitúyase el título "Tramo IV" del punto ii) del inciso d) del artículo 2° de la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 222 y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 80 de fecha 7 de agosto de 2001, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"Tramo IV"

"Monto de ampliación: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO (V.N. U$S 32.777.778).

Fecha de ampliación y liquidación: 9 de noviembre de 2001."

Art. 2° — Sustitúyase el artículo 3° de Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 222 y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 80 de fecha 7 de agosto de 2001, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 3° — Dispónese en el marco de los Decretos N° 1588 de fecha 26 de julio de 1993 modificado por el Decreto N° 967 de fecha 30 de julio de 2001 y N° 424 de fecha 10 de abril de 2001, la ampliación de la emisión de LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES A TASA ENCUESTA + 4,95% 2001-2004" Serie N° 74/76, en SEIS (6) tramos, a un precio del CIEN POR CIENTO (100%) cada tramo, con las mismas condiciones financieras que la emisión original y según el siguiente cronograma de ampliación y liquidación".

"Tramo I"

"Monto de ampliación: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL (V.N. U$S 3.300 000) Fecha de ampliación y liquidación: 13 de agosto de 2001".

"Tramo II"

"Monto de ampliación: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTE MILLONES CIEN MIL (V.N. U$S 20.100.000).

Fecha de ampliación y liquidación: 14 de septiembre de 2001".

"Tramo III"

"Monto de ampliación: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES NOVENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS MIL (V.N. U$S 95.400.000)

Fecha de ampliación y liquidación: 12 de octubre de 2001".

"Tramo IV"

"Monto de ampliación: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS MIL (V.N. U$S 700.000).

Fecha de ampliación y liquidación: 9 de noviembre de 2001".

"Tramo V"

"Monto de ampliación: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y CINCO MILLONES (V.N. U$S 35.000.000).

Fecha de ampliación y liquidación: 14 de noviembre de 2001".

"Tramo VI"

"Monto de ampliación: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL (V.N. U$S 5.500.000).

Fecha de ampliación y liquidación: 14 de diciembre de 2001".

Art. 3° — Sustitúyase el artículo 4° de la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 222 y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 80 de fecha 7 de agosto de 2001, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 4° — Dispónese en el marco de los Decretos N° 1588 de fecha 26 de julio de 1993 modificado por el Decreto N° 967 de fecha 30 de julio de 2001 y N° 424 de fecha 10 de abril de 2001, la ampliación de la emisión de LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES A TASA BADLAR + 2,98% 2001-2004 Serie N° 75/77, en SEIS (6) tramos, a un precio del CIEN POR CIENTO (100%) cada tramo, con las mismas condiciones financieras que la emisión original y según el siguiente cronograma de ampliación y liquidación".

"Tramo I"

"Monto de ampliación: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE (V.N. U$S 5.888.677).

Fecha de ampliación y liquidación: 24 de agosto de 2001".

"Tramo II"

"Monto de ampliación: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL ClEN (V. N. U$S 44.977.100).

Fecha de ampliación y liquidación: 14 de septiembre de 2001".

"Tramo III"

"Monto de ampliación: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTIUN MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA (V.N. U$S 21.222.240).

Fecha de ampliación y liquidación: 28 de septiembre de 2001".

"Tramo IV"

"Monto de ampliación: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO (V.N. U$S 227.645.774).

Fecha de ampliación y liquidación: 12 de octubre de 2001".

"Tramo V"

"Monto de ampliación: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES (V.N. U$S 7.000.000).

Fecha de liquidación: 9 de noviembre de 2001".

"Tramo VI"

"Monto de ampliación: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NUEVE (V.N. U$S 33.266.209).

Fecha de ampliación y liquidación: 14 de diciembre de 2001".

Art. 4° — Reconózcanse, un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MIL (U$S 200.000), como gastos legales a ser abonados a los abogados externos de JP MORGAN TRUSTEE AND DEPOSITARY COMPANY LIMITED (FORMERLY CHASE MANHATTAN TRUSTEES LIMITED) como Agente de Fiducia ("Trust Deed") del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo para el mercado europeo, y gastos de traducción; para las ampliaciones aprobadas por los artículos 3° y 4° de la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 222 y N° 80, respectivamente, de fecha 7 de agosto de 2001, y las modificaciones introducidas por la presente Resolución conjunta.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel Marx. — Jorge A. Baldrich.