Instituto Nacional de Vitivinicultura

VITIVINICULTURA

Resolución C. 36/2001

Aplicación del régimen establecido en la Resolución Nº C.27/2001 a toda modificación de la información contenida en la Declaración Jurada de Actualización del Registro de Viñedos realizada con anterioridad al 31 de diciembre de 2001.

Mendoza, 20/11/2001

VISTO el Expediente Nº 311-000203/2001-2; las Resoluciones Nros. C.012/97; C.27/00; C.29/00 y C.27/01; y

CONSIDERANDO:

Que en el cumplimiento de las mismas se encuentran pendientes de finalización trámites iniciados con anterioridad al 31 de diciembre de 2001.

Que a los fines de que no existan regímenes distintos que regulen situaciones similares corresponde unificar el procedimiento.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 14.878 y los Decretos Nros. 1084/96 y 68/00,

EL DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

— Aplíquese a partir de la fecha de la presente el régimen establecido en el punto 1º de la Resolución Nº C.27/01, a toda modificación de la información contenida en la Declaración Jurada de Actualización del Registro de Viñedos, realizada con anterioridad al 31 de diciembre de 2001, ya sea espontánea o que resulte de la primera verificación.

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, notifíquese y cumplido archívese. Luis G. Borsani.