Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 486/2001

Aclaración sobre licencias para la prestación de servicios de telecomunicaciones otorgadas mediante la Resolución N° 15.683/99.

Bs. As., 26/11/2001

VISTO el Expediente N° 4186/99, del registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que TRACKRAN S.A., solicita el cambio de titularidad de las licencias para la prestación de servicios de telecomunicaciones que oportunamente le fueran concedidas.

Que de conformidad a la documentación oportunamente allegada en autos, surge que TRACKRAN S.A., ha pasado a denominarse ITURAN DE ARGENTINA S.A.

Que en consecuencia resulta procedente dejar establecido que las licencias para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones oportunamente otorgadas a la empresa citada en primer término, a través de la Resolución N° 15.683 del 15 de junio de 1999 dictada por la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente entonces de la PRESIDENCIA DE LA NACION, para la prestación de los servicios de Localización de Vehículos, Transmisión de Datos y Alarma por Vínculo Radioeléctrico, deben entenderse otorgadas a ITURAN DE ARGENTINA S.A.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA ha tomado le intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Anexo II del Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sustituido por su similar N° 772 de fecha 4 de septiembre del 2000 y Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre del 2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1° — Aclárase que las licencias para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones oportunamente otorgadas a TRACKRAN S.A. a través de la Resolución N° 15.683 del 15 de junio de 1999 dictada por la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente entonces de la PRESIDENCIA DE LA NACION, para la prestación de los servicios de Localización de Vehículos, Transmisión de Datos y Alarma por Vínculo Radioeléctrico, deben entenderse otorgadas a ITURAN DE ARGENTINA S.A.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Henoch D. Aguiar.