PRESIDENCIA DE LA NACION

COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

Resolución N° 2274/2001

Bs. As., 30/11/2001

VISTO el expediente del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION N° 2447.00.0/99, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del visto se relacionan con la solicitud efectuada por el señor Gustavo Alberto LIOTTA, para la adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de MARCOS JUAREZ, provincia de CORDOBA, en el Canal 232, Frecuencia 94.3 MHz., Categoría F, en el marco del Régimen de Normalización de Estaciones de FM, establecido por los Decretos N° 310/98 y 2/99, como así también las Resoluciones N° 16-COMFER/99 y N° 76-COMFER/99.

Que mediante Resolución N° 1797-COMFER/01, se adjudicó al oferente mencionado en el considerando precedente la licencia peticionada.

Que en el acto administrativo en cuestión se consignó como Canal 282, correspondiente a la frecuencia 94.3 MHz cuando en realidad y conforme surge de estos actuados corresponde a dicha frecuencia el Canal 232.

Que asimismo, en el artículo primero del Acto Administrativo referenciado se consignó como señal distintiva "LRJ 887" cuando corresponde "LRJ 900" .

Que en atención a lo dispuesto por el artículo 101 del Decreto N° 1759/72 corresponde el dictado de un nuevo acto administrativo a fin de subsanar el error en que se incurriera oportunamente.

Que la Dirección General Asuntos Legales y Normativa ha tomado la intervención que le compete y ha emitido el correspondiente dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 98 de la Ley N° 22.285 y el Decreto N° 98 del 21 de Diciembre de 1999.

Por ello,

EL INTERVENTOR EN EL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Rectifícase el artículo 1° de la Resolución N° 1797-COMFER/01, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Adjudícase al señor Gustavo Alberto LIOTTA D.N.I. N° 14.130.868, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el canal 232, Frecuencia 94.3 MHz., Categoría F, identificada con la señal distintiva "LRJ900", de la localidad de MARCOS JUAREZ, provincia de CORDOBA, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4° inc. b) del Decreto N° 310/98, conforme lo expuesto en los considerandos".

ARTICULO 2° — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido ARCHIVESE (PERMANENTE). — Dr. GUSTAVO F. LOPEZ, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.

e. 6/12 N° 371.959 v. 6/12/2001