Secretaría de Comunicaciones
SERVICIO TELEFONICO
Resolución 503/2001
Asígnase numeración para el Servicio Básico Telefónico en diversas localidades de la provincia de Buenos Aires.
Bs. As., 30/11/2001
VISTO el Expediente Nº 2691/2001 del registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 46 de fecha 13 de enero de 1997 se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.
Que la COOPERATIVA BATAN DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS LIMITADA ha solicitado numeración para el Servicio Básico Telefónico para ser utilizada en diversas localidades de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Que por Resolución de la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES dependiente del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 659 de fecha 18 de mayo de 1992, se otorgó licencia para la prestación del Servicio Básico Telefónico a la mencionada Cooperativa.
Que de acuerdo con lo establecido por los artículos 17 y concordantes del Reglamento de Licencias aprobado por el Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, dicha licencia habilita a la peticionante a prestar el Servicio de Telefonía local.
Que las cantidades que se prevé asignar han sido analizadas sobre la base de la disponibilidad de numeración existente en la localidad, los requerimientos del prestador, y el grado de utilización efectivamente alcanzado por el mismo.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo II del Decreto Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sustituido por su similar Nº 772 de fecha 4 de septiembre de 2000.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º — Asígnase a COOPERATIVA BATAN DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS LIMITADA la numeración según se indica en el Anexo I que forma parte de la presente resolución.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Henoch D. Aguiar.
Anexo I
Numeración que se asigna:
COOPERATIVA BATAN DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS LIMITADA
SERVICIO BASICO TELEFONICO (SBT)
LOCALIDAD |
INDICATIVO INTERURBANO |
NUMERO LOCAL |
CANTIDAD DE NUMEROS |
BALCARCE |
2266 |
454hij |
1.000 |
COMANDANTE N. OTAMENDI |
2291 |
495hij |
1.000 |
CORONEL VIDAL |
2265 |
494hij |
1.000 |
EL FARO |
223 |
4297hij |
1.000 |
GENERAL PIRAN |
2265 |
495hij |
1.000 |
LAS DOS MARIAS |
223 |
4296hij |
1.000 |
MAR DEL PLATA |
223 |
4291hij |
1.000 |
MAR DEL PLATA |
223 |
4292hij |
1.000 |
MAR DEL PLATA |
223 |
4293hij |
1.000 |
MAR DEL PLATA |
223 |
4294hij |
1.000 |
MAR DEL PLATA |
223 |
4295hij |
1.000 |
MAR DEL SUR |
2291 |
496hij |
1.000 |
MECHONGUE |
2266 |
456hij |
1.000 |
MIRAMAR (PROV. BUENOS AIRES) |
2291 |
494hij |
1.000 |
PLAYA CHAPADMALAL |
223 |
4298hij |
1.000 |
SAN AGUSTIN (PROV. BUENOS AIRES) |
2266 |
455hij |
1.000 |
SAN EDUARDO DEL MAR |
2291 |
497hij |
1.000 |
SIERRA DE LOS PADRES |
223 |
4299hij |
1.000 |
VIVORATA |
2265 |
496hij |
1.000 |