Secretaría de Comunicaciones

SERVICIO TELEFONICO

Resolución 503/2001

Asígnase numeración para el Servicio Básico Telefónico en diversas localidades de la provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 30/11/2001

VISTO el Expediente Nº 2691/2001 del registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 46 de fecha 13 de enero de 1997 se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que la COOPERATIVA BATAN DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS LIMITADA ha solicitado numeración para el Servicio Básico Telefónico para ser utilizada en diversas localidades de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que por Resolución de la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES dependiente del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 659 de fecha 18 de mayo de 1992, se otorgó licencia para la prestación del Servicio Básico Telefónico a la mencionada Cooperativa.

Que de acuerdo con lo establecido por los artículos 17 y concordantes del Reglamento de Licencias aprobado por el Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, dicha licencia habilita a la peticionante a prestar el Servicio de Telefonía local.

Que las cantidades que se prevé asignar han sido analizadas sobre la base de la disponibilidad de numeración existente en la localidad, los requerimientos del prestador, y el grado de utilización efectivamente alcanzado por el mismo.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo II del Decreto Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sustituido por su similar Nº 772 de fecha 4 de septiembre de 2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1º — Asígnase a COOPERATIVA BATAN DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS LIMITADA la numeración según se indica en el Anexo I que forma parte de la presente resolución.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Henoch D. Aguiar.

Anexo I

Numeración que se asigna:

COOPERATIVA BATAN DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS LIMITADA

SERVICIO BASICO TELEFONICO (SBT)

LOCALIDAD

INDICATIVO INTERURBANO

NUMERO LOCAL

CANTIDAD DE NUMEROS

BALCARCE

2266

454hij

1.000

COMANDANTE N. OTAMENDI

2291

495hij

1.000

CORONEL VIDAL

2265

494hij

1.000

EL FARO

223

4297hij

1.000

GENERAL PIRAN

2265

495hij

1.000

LAS DOS MARIAS

223

4296hij

1.000

MAR DEL PLATA

223

4291hij

1.000

MAR DEL PLATA

223

4292hij

1.000

MAR DEL PLATA

223

4293hij

1.000

MAR DEL PLATA

223

4294hij

1.000

MAR DEL PLATA

223

4295hij

1.000

MAR DEL SUR

2291

496hij

1.000

MECHONGUE

2266

456hij

1.000

MIRAMAR (PROV. BUENOS AIRES)

2291

494hij

1.000

PLAYA CHAPADMALAL

223

4298hij

1.000

SAN AGUSTIN (PROV. BUENOS AIRES)

2266

455hij

1.000

SAN EDUARDO DEL MAR

2291

497hij

1.000

SIERRA DE LOS PADRES

223

4299hij

1.000

VIVORATA

2265

496hij

1.000