Secretaría de Comercio

IMPORTACIONES

Resolución 267/2001

Inclúyese en el beneficio establecido por la Resolución Nº 256/2000 la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma Ardural S.A., consistente en la ampliación de la planta de extrusado de perfiles de aluminio aleado.

Bs. As., 6/12/2001

VISTO el Expediente Nº 061-008590/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que la firma ALDURAL S.A. ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Grandes Proyectos de Inversión" conforme la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000, para la importación de bienes que forman parte, exclusivamente, de una nueva línea de producción completa y autónoma, destinada a la producción de bienes tangibles.

Que los bienes mencionados están afectados directamente a la ampliación de su planta de extrusado de perfiles de aluminio aleado en la planta ubicada en la calle Nº 4 s/Nº Parque Industrial de Pilar, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que asimismo se cumple con el Artículo 33 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado texto ordenado en 1997 y su modificatoria.

Que la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL-FACULTAD REGIONAL SAN NICOLAS, ha intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.

Que del análisis efectuado surge, que la línea a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución M.E. Nº 256/2000 y sus modificatorias Resolución M.E. Nº 1089 de fecha 28 de diciembre de 2000 y Resolución M.E. Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001, por lo que, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA y de la SUBSECRETARIA DE GESTION COMERCIAL EXTERNA dependiente de la SECRETARIA DE COMERCIO ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA se ha determinado procedente la solicitud de la firma ALDURAL S.A., conforme a las disposiciones del Régimen referido.

Que la firma declara bajo juramento que no está ingresando al país bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley Nº 24.051 y sus modificatorias de RESIDUOS PELIGROSOS y de la Ley Nº 24.040 de COMPONENTES QUIMICOS.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 8º de la Resolución M.E. Nº 256/2000.

Por ello,

LA SECRETARIA DE COMERCIO

RESUELVE:

Artículo 1º — Considérase sujeta al beneficio establecido por el Artículo 10 de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 256/2000, la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma ALDURAL S.A., que encuadra dentro del Artículo 2º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 256/2000, consistente en la ampliación de la planta de extrusado de perfiles de aluminio aleado, cuya descripción de bienes se detalla en el Anexo I que, con TRES (3) planillas, forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º — En virtud de lo estipulado en el Artículo 12 de la Resolución M.E. Nº 256/2000 se otorga un plazo de UN (1) año a partir de la fecha de esta Resolución para la importación de los bienes detallados en el Anexo I.

Art. 3º — El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión para la mencionada planta y/o de los límites para importación de repuestos estipulados en el Artículo 10 de la Resolución M.E. Nº 256/2000, dará lugar a la aplicación del Artículo 15 de la Resolución M.E. Nº 256/2000. Dichas sanciones serán aplicables también en el caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en el incumplimiento previsto en el Artículo 6º de la mencionada Resolución.

Art. 4º — A través de la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION COMERCIAL EXTERNA, notifíquese a la interesada.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Débora Giorgi.

ANEXO I A LA RESOLUCION S.C. Nº 267

BIENES INTEGRANTES DE "GRANDES PROYECTOS DE INVERSION" CON DESTINO A LA AMPLIACION DE LA PLANTA DE EXTRUSADO DE PERFILES DE ALUMINIO ALEADO

 

Monto FOB de los bienes integrantes de la "LINEA DE PRODUCCION COMPLETA Y AUTONOMA" sin repuestos DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL (U$S 3.631.000).

Monto total de los repuestos de acuerdo al Artículo 10 de la Resolución M.E. Nº 256/2000: DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA (U$S 181.550).