PRESIDENCIA DE LA NACION

COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

Resolución Nº 2332/2001

Bs. As., 6/12/2001

VISTO el expediente Nº 1631.00.0/99 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el "Visto" tramita la solicitud de adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia Categoría "F", en la ZONA III del Area Metropolitana de BUENOS AIRES, efectuada por la señora Analía Beatriz BRIE, en el marco del Régimen de Normalización instaurado por el Decreto Nº 310/98, modificado su similar Nº 883/01.

Que por Resolución Nº 1165-COMFER/99, se adjudicó a la peticionante la licencia para la prestación del servicio aludido en el considerando precedente, identificada con la señal distintiva "LRL439", habiendo sido aquélla revocada por su similar Nº 736-COMFER/00, en razón de encontrarse la primera afectada de ilegitimidad.

Que el artículo 1º de la Resolución Nº 382-COMFER/01, dispuso la suspensión de la resolución de revocación aludida en el considerando anterior, hasta tanto subsistiera la medida cautelar dictada en los autos "BRIE, ANALIA BEATRIZ - INCIDENTE MEDIDA C/COMFER Y OTRO - RESOL 736/00, 1364/99, 5/00 Y 22/00 S/PROCESO DE CONOCIMIENTO", atento que afectaba la revocación dispuesta por este Organismo.

Que al respecto la Coordinación Contenciosos informó que con fecha 14 de junio de 2001 que la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal dispuso la revocación de la medida citada precedentemente.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado de un acto administrativo que proceda al levantamiento de la suspensión dispuesta oportunamente.

Que la Dirección General Asuntos Legales y Normativa ha tomado la intervención que le compete y ha emitido el correspondiente dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 98 de la Ley Nº 22.285 y el Decreto Nº 98 del 21 de Diciembre de 1999.

Por ello,

EL INTERVENTOR EN EL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Levántase la suspensión dispuesta por la Resolución Nº 382-COMFER/01.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y cumplido ARCHIVESE (PERMANENTE). — Dr. GUSTAVO F. LOPEZ, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.

e. 12/12 Nº 372.475 v. 12/12/2001