Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa

PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Resolución 306/2001

Apruébase el acceso de determinadas empresas al Régimen de Crédito Fiscal para la ejecución de proyectos.

Bs. As., 11/12/2001

VISTO el Expediente Nº 1050789/2001 del Registro de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS, lo dispuesto en las Leyes Nº 22.317, Nº 25.237 y Nº 25.401, los Decretos Nº 819 de fecha 17 de julio de 1998, Nº 434 de fecha 29 de abril de 1999 y Nº 1126 de fecha 31 de agosto de 2001 y las Resoluciones de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Nº 83 de fecha 22 de junio de 1999, Nº 4 de fecha 3 de abril de 2001, Nº 85 de fecha 4 de julio 2001, Nº 76 de fecha 25 de setiembre de 2001, Nº 77 de fecha 26 de setiembre de 2001 y Nº 101 de fecha 5 de octubre de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 1126/2001 se transfiere la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA a la órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS.

Que por la Ley Nº 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las pequeñas y medianas empresas.

Que mediante el artículo 42 de la Ley Nº 25.237, se establece que el monto de crédito fiscal a que se refiere la Ley Nº 22.317, será administrado por la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

Que, asimismo, en virtud del primer párrafo del artículo 49 de la Ley Nº 25.401 se fijó el cupo anual al que se refiere el artículo 3º de la Ley Nº 22.317 en la suma de DOCE MILLONES DE PESOS ($ 12.000.000), estableciéndose que aquel monto será administrado en partes iguales y de manera independiente por el MINISTERIO DE EDUCACION y por la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

Que mediante el segundo párrafo del artículo 49 de la Ley Nº 25.401, se transfirió el saldo no utilizado al 31 de diciembre de 2000 para el presupuesto del año en curso, del cupo anual que fuera asignado a la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA por el artículo 42 de la Ley Nº 25.237.

Que por los Decretos Nº 819/98 y Nº 434/99, se reglamentó el Régimen de Crédito Fiscal y en virtud de la Resolución SEPyME Nº 83/99 se asignó a la Unidad de Coordinación del Régimen de Crédito Fiscal, la coordinación, ejecución, seguimiento y control del Sistema de Crédito Fiscal para las pequeñas y medianas empresas.

Que mediante la Resolución SEPyME Nº 4/2001 se aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación de Proyectos-Año 2001.

Que en este orden, la Resolución SEPyME Nº 85/2001 aprobó el Reglamento para la ejecución de Proyectos-Año 2001.

Que a través de la Resolución SEPyME Nº 76/2001 se declaró como remanente disponible para el año 2001 el monto del crédito aprobado y no ejecutado por las empresas beneficiarias de los proyectos aprobados bajo las Resoluciones SEPyME Nº 6/2001 y Nº 36/2001, que se hallan individualizadas en el Anexo I de la misma.

Que dicho remanente asciende a la suma de PESOS UN MILLON TRECE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS ($ 1.013.369,83).

Que en virtud de ello, mediante la Resolución SEPyME Nº 77/2001 se aprobó el Reglamento para el Nuevo Llamado a Presentación de Proyectos - Año 2001, cuyo anexo forma parte integrante de la misma.

Que mediante la Resolución SEPyME Nº 101/2001 se declaró como remanente disponible para el año 2001, el monto de crédito aprobado y no utilizado que asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.092.879,35).

Que se han presentado proyectos de capacitación bajo las MODALIDADES A y B, y fueron aprobadas las empresas que se mencionan en el Anexo I de la presente resolución, las que llevarán adelante sus proyectos de capacitación en los términos y condiciones de la reglamentación vigente del Régimen de Crédito Fiscal.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas el Decreto Nº 819 de fecha 17 de julio de 1998.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el acceso al REGIMEN DE CREDITO FISCAL, a las empresas beneficiarias que se detallan en el Anexo I de la presente resolución, para la ejecución de los proyectos presentados bajo las MODALIDADES A y B, que fueron aprobados por un monto de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO ($ 984.771,00), correspondiendo a la MODALIDAD A un monto de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SESENTA Y SIETE ($ 796.067,00), y a la MODALIDAD B un monto de PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUATRO ($ 188.704,00).

Art. 2º — Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a colaborar con la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS en la difusión del presente Régimen, a través de las unidades competentes en la materia en cada jurisdicción.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Enrique M. Martínez.

(Nota Infoleg: por art. 1 de la Resolución N°207/2003 de la Secretaría de Pequeñas y Medianas Empresas y Desarrollo Regional B.O. 25/4/2003, se prorroga el plazo de Ejecución de Proyectos para las empresas beneficiarias en Cuarenta y Cinco días , con carácter excepcional desde la publicación de la Resolución citada. Podrán presentarse Rendiciones de Cuentas hasta VEINTE (20) días vencido el plazo de Ejecución. )

ANEXO I