MINISTERIO DE ECONOMIA

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

Resolución N° 945/2001

Bs. As., 19/11/2001

VISTO el expediente N° 000525/97 del Registro del ex-INSTlTUTO NACIONAL DE SEMILLAS del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ZAMBRUNI Y CIA. S.A, solicita la inscripción de la creación fitogenética de maíz AGROLIT C40/02 en el REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD DE CULTIVARES y en el REGISTRO NACIONAL DE CULTIVARES, creados por Ley N° 20.247.

Que la DIRECCION DE REGISTRO DE VARIEDADES del ex-INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha informado que han sido cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por Ley N° 24.376 y el artículo 26 del Decreto N° 2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para el otorgamiento del título de propiedad.

Que asimismo, se han cumplido las condiciones establecidas en los artículos 16 y 18 del Decreto N° 2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción de la variedad en el REGISTRO NACIONAL DE CULTIVARES.

Que la COMISION NACIONAL DE SEMILLAS creada por la Ley N° 20.247, en sus reuniones de fecha 14 de mayo de 2001, según Acta N° 285 y de fecha 10 de septiembre de 2001, según Acta N° 289, ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS del ex-INSTlTUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia dictaminando favorablemente.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 1104 de fecha 24 de noviembre de 2000 y el Decreto N° 373 del 28 de marzo de 2001.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Ordénase la inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD DE CULTIVARES y en el REGISTRO NACIONAL DE CULTIVARES, creados por Ley N° 20.247, de la creación fitogenética de maíz AGROLIT C40/02, solicitada por la empresa ZAMBRUNI Y CIA. S.A.

ARTICULO 2° — Por el REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD DE CULTIVARES, creado por Ley N° 20.247, expídase el respectivo título de propiedad.

ARTICULO 3° — Notifíquese a través de la DIRECCION DE REGISTRO DE VARIEDADES del ex INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, de esta Secretaría.

ARTICULO 4° — Publíquese a costa del interesado, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese y archívese. — Ing. Agr. MARCELO EDUARDO REGUNAGA, Secretario de Agricultura Ganadería, Pesca y Alimentación.

e. 14/12 Nº 27.346 v. 14/12/2001