ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Decreto 1652/2001

Comunícase al Honorable Congreso de la Nación que se designará Segundo Vocal en el mencionado organismo autárquico de la Secretaría de Energía y Minería.

Bs. As., 13/12/2001

VISTO el Expediente Nº 750-003358/99 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y lo dispuesto en los Artículos 57 y 58 de la Ley Nº 24.065, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 6 de diciembre de 2000, el Presidente del Comité Ejecutivo del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA elevó a la SECRETARIA DE ENERGIA, entonces dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA, la terna de candidatos elegibles para ocupar el cargo de Segundo Vocal en el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo autárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, cuya designación corresponde realizar a propuesta del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA.

Que la mencionada terna fue elegida por el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA en la Reunión Plenaria Extraordinaria efectuada en la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES el día 5 de diciembre de 2000, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Comité Ejecutivo Nº 328, de fecha 4 de marzo de 1998, modificada por Resolución del Comité Ejecutivo Nº 442, de fecha 24 de mayo de 2000.

Que la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA, entonces dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA, en cumplimiento de lo estipulado en el último párrafo de la reglamentación del Artículo 58 de la Ley Nº 24.065, modificada por Decreto Nº 408 del 16 de marzo de 1994, ha seleccionado al Ingeniero Julio César MOLINA (D.N.I. Nº 11.682.970), integrante de la mencionada terna, para ocupar el cargo de Segundo Vocal en el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo autárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y ha elevado la propuesta al citado Ministerio.

Que dicha Secretaría por Decretos Nº 370 de fecha 28 de marzo de 2001 y Nº 432 de fecha 17 de abril de 2001, fue transferida a la órbita del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, organismo que receptó la propuesta mencionada.

Que la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA ha verificado que el postulante elegido no se encuentre alcanzado por las incompatibilidades que para el cargo establece el Artículo 60 de la Ley Nº 24.065.

Que, en consecuencia, corresponde informar a la Comisión del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION creada por el Artículo 59 de la Ley Nº 24.065, el nombre del postulante a designar por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA, en carácter de Segundo Vocal del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, organismo autárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, ha tomado la intervención que le compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo 59 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Comuníquese al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION a los efectos de que éste dé traslado a la Comisión creada por el Artículo 59 de la Ley Nº 24.065, que será designado Segundo Vocal en el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, organismo autárquico de la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, el Ingeniero Julio César MOLINA (D.N.I. Nº 11.682.970).

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Carlos M. Bastos.