Secretaría de Comunicaciones

SERVICIO TELEFONICO

Resolución 521/2001

Asígnase Código de Punto de Señalización Nacional.

Bs. As., 19/12/2001

VISTO el Expediente 13813/99 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 47 de fecha 13 de enero de 1997, se aprobó el Plan Fundamental de Señalización Nacional (PFSN).

Que por Resolución de la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES dependiente del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS N° 1143 de fecha 25 de junio de 1992 se otorgó licencia para la prestación del Servicio Básico Telefónico (SBT) a la COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS TELEFONICOS BENAVIDEZ LIMITADA.

Que por Resolución de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES N° 367 de fecha 21 de setiembre de 2001, la licencia mencionada en el considerando anterior debe entenderse otorgada a la COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS TELEFONICOS y OTROS SERVICIOS PUBLICOS BENAVIDEZ LIMITADA (COOPERATIVA BENAVIDEZ LIMITADA).

Que dicha Cooperativa solicitó la asignación de UN (1) Código de Punto de Señalización Nacional (CPSN).

Que la misma ha manifestado que su central telefónica está en condiciones de operar con el Sistema de Señalización por Canal Común N° 7 (SSCC#7).

Que lo solicitado se encuadra dentro de las previsiones del inciso V.2 del PFSN.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Anexo II del Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sustituido por su similar N° 772 de fecha 4 de setiembre de 2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1° — Asígnase a la COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS TELEFONICOS y OTROS SERVICIOS PUBLICOS BENAVIDEZ LIMITADA (COOPERATIVA BENAVIDEZ LIMITADA) el Código de Punto de Señalización Nacional 12876 (en numeración decimal).

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Henoch D. Aguiar.