Fiscal de Control Administrativo

ETICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA

Resolución 3/2002

Apruébanse los "Modelos de Intimación" que las áreas de personal, recursos humanos o administración de las jurisdicciones y organismos deberán aplicar a los funcionarios incumplidores de la presentación de Declaración Jurada Patrimonial Integral.

Bs. As., 15/01/2002

VISTO la Resolución SECRETARIA DE JUSTICIA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS N° 010 del 28 de diciembre de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3° de la Resolución citada en el Visto se modificó el artículo 7° de la Resolución MJyDH N° 1000/00.

Que en virtud de dicha modificación las intimaciones a los funcionarios incumplidores de la presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral deben realizarse en los términos de los modelos que apruebe la OFICINA ANTICORRUPCION.

Que, en consecuencia, corresponde aprobar los "Modelos de Intimación" que las áreas de personal, recursos humanos o administración de las jurisdicciones y organismos deberán aplicar a efectos de intimar a los incumplidores.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Resolución SJyAL N° 010/01.

Por ello,

EL FISCAL DE CONTROL ADMINISTRATIVO

RESUELVE:

Artículo 1° — Aprobar los Modelos de Intimación a los funcionarios incumplidores de la presentación de Declaración Jurada Patrimonial Integral, por alta en el cargo o función y por actualización anual y por baja en el cargo o función, que como Anexos I y II, respectivamente, forman parte integrante de la presente.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José Massoni.

ANEXO I

MODELO DE INTIMACION PARA INCUMPLIDORES DE PRESENTACION DE DECLARACION JURADA POR ALTA EN EL CARGO O FUNCION Y ACTUALIZACION ANUAL

INTIMACION PARA LA PRESENTACION DE DECLARACION JURADA PATRIMONIAL ART. 268 (3) DEL CODIGO PENAL Y ART. 8° DE LA LEY N° 25.188

En ........., a los.........días del mes de..........de dos mil ..........., se hace saber al Sr./Sra..........., titular del DNI..................que NO ha dado cumplimiento en el término fijado a la obligación de presentar su Declaración Jurada Patrimonial Integral correspondiente a ...............ni ha expresado razones que justifiquen tal omisión. Por tal motivo, con los alcances establecidos en el segundo párrafo del artículo 268 (3) del Código Penal y del artículo 8° de la Ley N° 25.188, y se lo intima a que en el término de quince días de notificado, cumpla con su deber de presentar la misma ante el área de personal de...................sita en.........................y, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7° de la Res. MJyDH N° 1000/00, modificada por la Res. SJyAL N° 010/200, bajo apercibimiento de remitir las actuaciones a la Oficina Anticorrupción a los efectos que se evalúe la posibilidad de realizar la pertinente denuncia ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal que corresponda y de instar la iniciación de las actuaciones sumariales que correspondan. Queda Ud. fehacientemente notificado. A un sólo efecto, se firman dos ejemplares de un mismo tenor, haciendo entrega de uno de ellos al causante.

……………………

……………………………

Firma del notificado

Firma del funcionario actuante

Artículo 268 (3) del Código Penal:

"Será reprimido con prisión de quince días a dos años e inhabilitación especial perpetua el que, en razón de su cargo, estuviere obligado por ley a presentar una declaración jurada patrimonial y omitiere maliciosamente hacerlo".

"El delito se configurará cuando mediando notificación fehaciente de la intimación respectiva, el sujeto obligado no hubiere dado cumplimiento a los deberes aludidos dentro de los plazos que fije la ley cuya aplicación corresponda".

"En la misma pena incurrirá el que maliciosamente, falseare u omitiere insertar los datos que las referidas declaraciones juradas deban contener de conformidad con las leyes y reglamentos aplicables".

Artículo 8° de la Ley N° 25.188:

"Las personas que no hayan presentado sus declaraciones juradas en el plazo correspondiente, serán intimadas en forma fehaciente por la autoridad responsable de la recepción, para que lo hagan en el plazo de quince días. El incumplimiento de dicha intimación será considerado falta grave y dará lugar a la sanción disciplinaria respectiva, sin perjuicio de las otras sanciones que pudieran corresponder".

ANEXO II

MODELO DE INTIMACION PARA INCUMPLIDORES DE PRESENTACION DE DECLARACION JURADA POR CESE EN EL CARGO O FUNCION

INTIMACION PARA LA PRESENTACION DE DECLARACION JURADA PATRIMONIAL ART. 268 (3) DEL CODIGO PENAL Y ART. 9° DE LA LEY N° 25.188

En..................., a los............días del mes de ............de dos mil......., se hace saber al Sr./Sra. .........., titular del DNI............................que NO ha dado cumplimiento en el término fijado a la obligación de presentar su Declaración Jurada Patrimonial Integral, correspondiente a su egreso de la función pública ni ha expresado razones que justifiquen tal omisión. Por tal motivo, con los alcances establecidos en el segundo párrafo del artículo 268 (3) del Código Penal y del artículo 9° de la Ley N° 25.188, y se lo intima a que en el término de quince días de notificado, cumpla con su deber de presentar la misma ante el área de personal de.............sita en..................y, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7° de la Res. MJy DH N° 1000/00, modificada por la Res. SjyAL N° 010/2001, bajo apercibimiento de remitir las actuaciones a la Oficina Anticorrupción a los efectos que se evalúe la posibilidad de realizar la pertinente denuncia ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal que corresponda y de quedar inhabilitado para ejercer nuevamente la función pública. Queda Ud. fehacientemente notificado. A un sólo efecto, se firman dos ejemplares de un mismo tenor, haciendo entrega de uno de ellos al causante.

……………………

……………………………

Firma del notificado

Firma del funcionario

actuante

Artículo 268 (3) del Código Penal:

"Será reprimido con prisión de quince días a dos años e inhabilitación especial perpetua el que, en razón de su cargo, estuviere obligado por ley a presentar una declaración jurada patrimonial y omitiere maliciosamente hacerlo".

"El delito se configurará cuando mediando notificación fehaciente de la intimación respectiva, el sujeto obligado no hubiere dado cumplimiento a los deberes aludidos dentro de los plazos que fije la ley cuya aplicación corresponda".

"En la misma pena incurrirá el que maliciosamente, falseare u omitiere insertar los datos que las referidas declaraciones juradas deban contener de conformidad con las leyes y reglamentos aplicables".

Artículo 9° de la Ley N° 25.188:

"Las personas que no hayan presentado su declaración jurada al egresar de la función pública en el plazo correspondiente, serán intimadas en forma fehaciente para que lo hagan en el plazo de quince días. Si el intimado no cumpliere con la presentación de la declaración, no podrá ejercer nuevamente la función pública, sin perjuicio de las otras sanciones que pudieren corresponder".