SECRETARIA DE CULTO

Resolución 3705/2001-SC

Bs. As., 07/12/2001

No hacer logar al recurso de reconsideración deducido por la entidad denominada "Templo Evangélico Visión Divina". Elévese las actuaciones al Canciller, de conformidad con lo previsto en el artículo 88 del Decreto N° 1759/72, previa notificación al recurrente.