Ministerio de la Producción

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO

Resolución 3/2002

Designación del funcionario que se hará cargo del Despacho del mencionado Instituto.

Bs. As., 31/1/2002

VISTO el Decreto N° 25 de fecha 1° de enero de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3° del Decreto N° 25/2002 se estableció que los funcionarios designados con anterioridad al 28 de diciembre de 2001, con rango y jerarquía de Secretario, Subsecretario o equivalentes, que no hayan presentado su renuncia al 1° de enero de 2002, cesarán en sus respectivos cargos a partir del dictado del mencionado decreto.

Que en consecuencia, se encuentra acéfalo el cargo de Director del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP).

Que esa circunstancia se traduce en inconvenientes en los trámites operativos y administrativos del Organismo.

Que tal hecho torna imperioso que, hasta tanto se designe un nuevo Director del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), se prevea una persona que se haga cargo del Despacho.

Que el Doctor en Ciencias Biológicas D. Ramiro Pedro SANCHEZ, Nivel B, Grado 7 del Agrupamiento Científico Técnico del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, reúne las condiciones necesarias para hacerse cargo provisoriamente de las funciones a que se hace referencia.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto en el artículo 1°, inciso a) del Decreto N° 101 de fecha 16 de enero de 1985.

Por ello,

EL MINISTRO DE LA PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1° — Desígnase a cargo del Despacho del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP) al Doctor en Ciencias Biológicas D. Ramiro Pedro SANCHEZ (L.E. N° 6.612.388), Nivel B, Grado 7 del Agrupamiento Científico Técnico del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, hasta tanto se designe al Director del mencionado Instituto.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José I. de Mendiguren.