INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS

Decisión Administrativa 15/2002

Dase por prorrogado el plazo para la liquidación definitiva de la citada Sociedad del Estado, en liquidación.

Bs. As., 26/3/2002

VISTO el Expediente N° 496/01 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), organismo actuante en la órbita de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), la Ley N° 24.764, la Ley N° 24.938, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y las Decisiones Administrativas Nros. 55 de fecha 22 de enero de 1998, 639 del 23 de diciembre de 1998, 11 del 2 de febrero de 2000, 102 del 11 de agosto de 2000 y 7 del 25 de enero de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 64 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997), actualmente incorporado como artículo 61 del ordenamiento de ese cuerpo legal aprobado por Decreto N° 689 de fecha 30 de junio de 1999, estableció el 31 de diciembre de 1996 como fecha límite para la liquidación definitiva de los entes u organismos del ESTADO NACIONAL que se encontrasen en estado de liquidación.

Que por su parte, el artículo 25 de la Ley N° 24.764 prorrogó la mentada fecha límite hasta el 30 de junio de 1997, contemplando la posibilidad de que el señor Jefe de Gabinete de Ministros extendiera dicho término hasta el 31 de diciembre de 1997, cuando razones de trámite así lo justifiquen.

Que el artículo 60 de la Ley N° 24.938, actualmente incorporado como artículo 62 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), faculta al señor Jefe de Gabinete de Ministros a establecer prórrogas al plazo referido en el artículo 64 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997), modificado por el artículo 25 de la Ley N° 24.764.

Que mediante las Decisiones Administrativas Nros. 55 de fecha 22 de enero de 1998, 639 del 23 de diciembre de 1998, 11 del 2 de febrero de 2000, 102 del 11 de agosto de 2000 y 7 del 25 de enero de 2001 se extendió el plazo establecido por el actualmente incorporado artículo 61 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), modificado por el artículo 25 de la Ley N° 24.764, para que determinados entes culminen su proceso liquidatorio.

Que por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA tiene a su cargo entender en la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación).

Que el INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), organismo actuante en la órbita de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA, tiene a su cargo aún tareas y responsabilidades pendientes de alta complejidad y especialidad.

Que resulta procedente extender el plazo de liquidación definitiva de dicho Instituto por el término necesario para completar la implementación del plan de corte de responsabilidades entre el mismo y la plaza aseguradora local previsto por el Decreto N° 1220 del 22 de diciembre de 2000 modificatorio del Decreto N° 1061 del 24 de septiembre de 1999, respecto de aquellas entidades aseguradoras que han adherido a alguna de las alternativas de la propuesta de corte.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 62 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999).

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Dase por prorrogado hasta el 30 de junio de 2002, el plazo establecido por el artículo 64 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997), actualmente incorporado como artículo 61 del ordenamiento de ese cuerpo legal aprobado por el Decreto N° 689 del 30 de junio de 1999, modificado por el artículo 25 de la Ley N° 24.764 y prorrogado mediante las Decisiones Administrativas Nros. 55 de fecha 22 de enero de 1998, 639 del 23 de diciembre de 1998, 11 del 2 de febrero de 2000, 102 del 11 de agosto de 2000 y 7 del 25 de enero de 2001, para la liquidación definitiva del INSTITUTO NACIONAL, DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), organismo actuante en la órbita de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Art. 2° — La SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA queda facultada para extender el plazo dispuesto por el artículo 1° de la presente Decisión Administrativa hasta el 30 de septiembre de 2002.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Jorge Remes Lenicov.