Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor

DEFENSA DEL CONSUMIDOR

Resolución 16/2002

Prórroga del cumplimiento de la Resolución Nº 6/2002, mediante la cual se determinó que los establecimientos de distribución minorista deberán informar la lista de precios de venta al público de los productos que integran la canasta de bienes incluida en el Anexo I de la mencionada norma.

Bs. As., 5/4/2002

VISTO el Expediente Nº S01:0157081/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION y la Resolución de la SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR Nº 6 de fecha 15 de Marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución de la SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR Nº 6 del 15 de Marzo de 2002 determinó que los establecimientos de distribución minorista deberán informar la lista de precios de venta al público de todos aquellos productos que integran la canasta de bienes y que se detallaron en el Anexo I de la mencionada Resolución.

Que a la fecha, se advierten dificultades técnicas en la implementación de la información semanal requerida.

Que por tal situación resulta necesario que la Autoridad de Aplicación prorrogue los términos establecidos para el cumplimiento de la obligación de informar por parte de aquellos establecimientos de distribución minorista comprendidos en la Resolución de la SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR Nº 6 del 15 de marzo de 2002.

Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención quele compete, en virtud de lo dispuesto por laResolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION Nº 7 del 4 de febrero de 2002 y la Disposición de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Nº 4del 12 de febrero de 2002.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 41 y 43 inciso e) y concordantes de la Ley Nº 24.240 y el Decreto Nº 475 de fecha 8 de marzo de 2002.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA

DEL CONSUMIDOR

RESUELVE:

Artículo 1º — Tiénese por prorrogada por el término de DIEZ (10) días hábiles el cumplimiento de la Resolución de la SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR Nº 6 de fecha 15 de Marzo de 2002.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Pablo M. Challú.