Administración Federal de Ingresos Públicos
REGIMEN DE INFORMACION DE INGRESOS Y EGRESOS
Resolución General 1254
Procedimiento. Régimen de información de ingresos y egresos. Resolución General N° 1242. Plazo especial.
Bs. As., 8/4/2002
VISTO la Resolución General N° 1242, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada norma esta Administración Federal en uso de las facultades que le son propias, estableció un régimen informativo de ingresos y egresos diario de fondos, a cargo de determinados sujetos.
Que atendiendo a las inquietudes formuladas por entidades representativas de los sectores alcanzados por el precitado régimen y con la finalidad de facilitar su cumplimiento, resulta aconsejable disponer un plazo especial para proporcionar la información correspondiente al período comprendido entre los días 3 y 15 de abril de 2002, ambos inclusive.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — La obligación de informar dispuesta por la Resolución General N° 1242, correspondiente a las operaciones realizadas entre los días 3 y 15 de abril de 2002, ambos inclusive, se considerará efectuada en término siempre que se formalice hasta el día 19 de abril de 2002, inclusive.
Art. 2º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.