PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 595/2002

Procédese a la cobertura transitoria de cargos vacantes en las Direcciones Generales de Recursos Humanos y Organización, de Administración y de Patrimonio y Suministros de la Subsecretaría de Coordinación de la Secretaría General.

Bs. As., 11/4/2002

VISTO la Ley N° 25.565, el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, y lo solicitado por la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2002.

Que por el artículo 19 de la mencionada Ley se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1° de enero de 2002, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 58 de la citada Ley.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que, en el ámbito de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION se encuentran vacantes los cargos de Director General de Recursos Humanos y Organización, Nivel A, Función Ejecutiva I, de Director General de Administración, Nivel A, Función Ejecutiva I, y de Director de Patrimonio y Suministros, Nivel B, Función Ejecutiva III de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, pertenecientes a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Jurisdicción, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolos a tal efecto de lo establecido en el artículo 19 de la citada Ley y de lo dispuesto por el Título III, Capítulo III, y artículo 71 - primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N° 993/91 (t.o. 1995).

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que se ha dado cumplimiento a los requisitos mínimos exigidos para la cobertura de los distintos niveles escalafonarios, a los efectos de proceder a las designaciones transitorias en cuestión.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1° de la Constitución Nacional y de los artículos 19 y 58 de la Ley N° 25.565 y lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Desígnase, con carácter transitorio, Director General de Recursos Humanos y Organización de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Nivel A, Función Ejecutiva I al Doctor Eduardo Efraín DESCALZO (D.N.I. N° 12.164.485).

Art. 2° — Desígnase, con carácter transitorio, Director General de Administración de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Nivel A, Función Ejecutiva I al Contador Eduardo César GATTI (D.N.I. N° 12.622.675).

Art. 3° — Desígnase, con carácter transitorio, Director de Patrimonio y Suministros de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Nivel B, Función Ejecutiva III al Contador Juan Ignacio SAULNIER (D.N.I. N° 22.185.322).

Art. 4° — Las designaciones en los cargos aludidos se disponen, con carácter de excepción, a lo establecido en el Título III, Capítulo III y en el artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto N° 993/91 (T.O. 1995), y a lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley N° 25.565.

Art. 5° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos por el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa —Decreto N° 993/91 (T.O. 1995)— en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de las respectivas designaciones transitorias.

Art. 6° — Los gastos que demande el cumplimiento de la presente medida serán atendidos con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20-01 respectiva.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Jorge M. Capitanich. — Rodolfo Gabrielli.