Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

SANIDAD ANIMAL

Resolución 192/2002

Facúltase a la Dirección Nacional de Sanidad animal para dictar las normas que reglamentarán el control sanitario de los animales inscriptos que participen en la Exposición Ganadera de Palermo.

Bs. As., 4/3/2002

VISTO los Decretos Nros. 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, 394 del 1° de diciembre de 2001, la Resolución N° 435 de fecha 13 de abril de 1994 del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el Visto, se reglamentó el control sanitario de los animales inscriptos que participen en la Exposición Ganadera de Palermo.

Que a efectos de actualizar dicha normativa, en razón del cumplimiento de los Planes Nacionales en ejecución y a fin de optimizar el referido control sanitario, procede derogar la citada Resolución.

Que en este orden de ideas, corresponde facultar a la Dirección Nacional de Sanidad Animal, para dictar las normas que sean necesarias para un mejor reordenamiento en los aspectos técnicos referidos a la precitada temática.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia conforme las atribuciones conferidas por el artículo 8°, incisos i) y n) del Decreto N° 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar ° 394 del 1° de abril de 2001.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

Artículo 1º — Derógase la Resolución N° 435 de fecha 13 de abril de 1994 del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL.

Art. 2º — Facúltase a la Dirección Nacional de Sanidad Animal a dictar las normas que reglamentarán el control sanitario de los animales inscriptos que participen en la Exposición de Agricultura, Ganadería e Industria Internacional, que anualmente se desarrolla en el Predio Ferial de Palermo (Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Bernardo G. Cané.