PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 25/2002

Modifícase la Decisión Administrativa Nº 19/2002, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 70 - Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.

Bs. As., 25/4/2002

VISTO la Ley Nº 25.565, de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 2002, y la Decisión Administrativa Nº 19 de fecha 27 de marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa citada en el visto se procedió a distribuir los créditos, cargos y horas de cátedra de cada Jurisdicción, Organismo Descentralizado e Institución de Seguridad Social, aprobados por la Ley Nº 25.565.

Que el artículo 25 de la mencionada Ley fija el crédito total para las Universidades Nacionales y detalla en la planilla anexa a este artículo el importe para cada una de ellas.

Que el monto asignado a cada Universidad en la Decisión Administrativa Nº 19/2002 no concuerda con la planilla anexa a que se refiere el considerando anterior.

Que, a efectos de regularizar dicha situación, resulta necesario sustituir las planillas anexas al artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 19/2002 correspondientes a la Jurisdicción 70 - Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología en la parte pertinente a las transferencias del Programa 26 – Desarrollo de la Educación Superior, y a los gastos por Finalidad, Función y Fuentes de Financiamiento de la citada Jurisdicción.

Que, asimismo, el artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 19/2002, repite el texto que figura en el primer párrafo del artículo 26 de la Ley Nº 25.565 y no determina las normas conducentes a efectivizar la entrega, por parte de las Universidades Nacionales, de la Plataforma Mínima de Información Salarial Presupuestaria del Sistema Integrado de Recursos Humanos - SIRHU, instituida por el Decreto Nº 645 del 4 de mayo de 1995.

Que, por otra parte, las Fuerzas de Seguridad (Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina), dependientes anteriormente del MINISTERIO DEL INTERIOR, operaban como subjurisdicciones y por lo tanto cada uno de sus titulares tenía facultades para modificar sus presupuestos con ciertas limitaciones.

Que la modificación de Ley de Ministerios dispuso que las citadas Fuerzas pasen a depender de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR de la PRESIDENCIA DE LA NACION, eliminándose con ello el concepto de subjurisdicción que antes mantenían, restándole flexibilidad y agilidad para modificar su presupuesto, situación ésta que debe ser modificada.

Que, en base a lo expuesto precedentemente, resulta procedente reemplazar el artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 19/ 2002.

Que las rectificaciones expuestas se realizan en virtud de lo establecido por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Nº 1759 del 3 de abril de 1972 y el artículo 14 de la Ley Nº 25.565.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Sustitúyense las planillas de fs. 1116, 1134 a 1139 y 1141 anexas al artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 19 del 27 de marzo de 2002, correspondientes a la Jurisdicción 70 - Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, por las agregadas al presente artículo.

Art. 2º — Sustitúyense el artículo 7º de la Decisión Nº 19/2002 por el siguiente texto:

"ARTICULO 7º - La SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA recibirá los lotes de información de los sistemas liquidadores de haberes de las Universidades Nacionales, correspondientes a la Plataforma Mínima de Información Salarial Presupuestaria del Sistema Integrado de Recursos Humanos - SIRHU, instituido por el Decreto Nº 645 del 4 de mayo de 1995 para su incorporación y procesamiento en la base de datos del mencionado sistema, administrada por la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA para su entrega a la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS.

Dicha Secretaría conjuntamente con la SECRETARIA DE HACIENDA dictarán, dentro de los TREINTA (30) días de publicada la presente medida, las normas técnicas y los plazos a los que las Universidades Nacionales ajustarán la entrega de información de la referida Plataforma."

Art. 3º — Agrégase dentro de las autoridades referidas en el Punto III de la Planilla Anexa al artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 19/ 2002, a los titulares de cada una de las Fuerzas de Seguridad dependientes de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Jorge Remes Lenicov.

NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).