Comisión Nacional de Trabajo Agrario

TRABAJO AGRARIO

Resolución 2/2002

Modifícase la Resolución N° 11/96, con la finalidad de incorporar los movimientos "Carga y descarga con cinta", que se lleven a cabo en galpones, depósitos refrigerados, plantas de almacenamiento y plantas lavadoras.

Bs. As., 25/4/2002

VISTO la Resolución C.N.T.A. N° 11/96 y el Acta N° 106/01, de la Comisión Asesora Regional N° 2, y

CONSIDERANDO:

Que la Sub-Comisión de la Papa de la Provincia de Buenos Aires acordó incorporar nuevos movimientos a la Resolución C.N.T.A. N° 11/96, que rige la actividad de la cosecha de la papa en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional N° 2 (Provincia de Buenos Aires y La Pampa).

Que la Comisión Asesora Regional N° 2 elevó dicho acuerdo a la consideración de la Comisión Nacional del Trabajo Agrario.

Que, considerada dicha propuesta y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a su procedencia, debe procederse a su determinación.

Que, en consecuencia, corresponde hacer uso de las facultades conferidas por el art. 86 de la Ley 22.248.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

Artículo 1° — Incorporar al Artículo 1° de la Resolución C.N.T.A. N° 11/96 los siguientes movimientos: "CARGA Y DESCARGA CON CINTA, QUE SE REALICEN EN GALPONES, DEPOSITOS REFRIGERADOS, PLANTAS DE ALMACENAMIENTOS Y PLANTAS LAVADORAS".

Art. 2° — Fijar par la carga y la descarga en las condiciones descriptas el precio de CINCO CENTAVOS ($ 0,05) por bolsa.

Art. 3° — Registrar, comunicar al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS, a efectos de su remisión a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archivar. — Mario E. Burgueño Hoesse. — Jorge Herrera. — Raúl Silverio. — Abel Francisco Guerrieri. — Ricardo Grether. — Miguel A. Giraudo. — Guillermo Giannasi. — Oscar H. Gil.