ANEXO XII AL DECRETO Nš 690

N.C.M.

U$S/KG

9502.10.10 (1)

5.60

9502.10.90 (1 y 3)

7.15

9503.49.00 (2 y 3)

5.66

9503.60.00 (2 y 3)

5.25

9503.70.00

4.35

9504.90.00 (4)

3.95

9505.10.00 (5)

5.25

REFERENCIAS:

(1) Excepto las mercaderías con peso unitario superior a 1,5 kilogramos.

(2) Excepto las mercaderías con peso unitario superior a 1,2 kilogramos.

(3) Excepto las mercaderías con peso unitario inferior o igual a 10 gramos, destinadas a ser utilizadas en golosinas-sorpresa.

(4) Unicamente las mercaderías definidas como: "Juegos de sociedad con tablero y fichas de plástico, madera y/o cartón, excepto los juegos de ajedrez, dominó y damas".

(5) Unicamente las mercaderías definidas como: "Arboles de navidad".