Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

AZUCAR

Resolución 2/2002

Distribúyese una cantidad determinada de azúcar crudo con polarización no menor de 96° con destino a los Estados Unidos de América, amparada por certificados de elegibilidad para el período 2001/2002.

Bs. As., 3/5/2002

VISTO el expediente N° 800-003594/2001 del registro de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, lo dispuesto por la Resolución N° 512 de la mencionada Secretaría de fecha 1 de agosto de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que anualmente el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA adjudica a nuestro país una cuota de exportación de azúcar crudo.

Que dicha cuota ha sido fijada en CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTAS OCHENTA Y UNA TONELADAS (45.281), que deducido el margen de polarización, comprende la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTAS NOVENTA Y SEIS TONELADAS (43.696) que nuestro país deberá cumplir durante el período 1 de octubre de 2001 al 30 de setiembre de 2002.

Que por Resolución N° 979 de esta Secretaría de fecha 23 de noviembre de 2001 se distribuyeron en una primera etapa, VEINTIUN MIL OCHOCIENTAS CUARENTA Y OCHO TONELADAS (21.848) cuyo ingreso a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA deberá concretarse antes del 30 de setiembre de 2002.

Que a los efectos de dicha distribución se tienen en cuenta las exportaciones realizadas al Mercado Mundial durante el año 2001 sin computar cuota americana, como así también que sus beneficiarios tengan regularizada su situación fiscal y previsional ante los Organismos Competentes.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION N° 7 de fecha 4 de febrero de 2002 y la Disposición DGAJ N° 13 del 11 de abril de 2002.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto N° 475 del 8 de marzo de 2002, y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Distribúyase la cantidad de VEINTIUN MIL OCHOCIENTAS CUARENTA Y OCHO TONELADAS (21.848) de azúcar crudo con polarización no menor de NOVENTA Y SEIS GRADOS (96°) con destino a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, amparada por certificados de elegibilidad para el período 2001/2002, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2° — La cantidad a exportar expresada en el artículo 1° deberá ingresar a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA antes del 30 de setiembre de 2002.

Art. 3° — El incumplimiento total o parcial de la cuota asignada dará lugar automáticamente a la eliminación de los infractores en la distribución de la próxima cuota.

Art. 4° — En caso de cesiones de cuota únicamente entre los beneficiarios de la misma, los acuerdos deberán ser comunicados a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, con la conformidad del cedente y del cesionario antes de solicitar el certificado de elegibilidad. Las cesiones contemplan la cesión de la cuota y del certificado de elegibilidad respectivo.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Rafael M. Delpech.

ANEXO

RAZON SOCIAL

AZUCAR EXPORTADO AL MERCADO MUNDIAL DURANTE 2001 (TNS. EN EQ. CRUDO)

PARTICIPACION %

CUOTA ASIGNADA EN TNS.

LEDESMA S.A.A.I.

41.846,35

59,02

12.894,67

CIA. AZUCARERA CONCEPCION S.A.

11.467,38

16,18

3.535,00

INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DEL TABACAL S.A.

7.297,40

10,29

2.248,17

JOSE MINETTI Y CIA. LTDA. S.A.C.I.

7.968,83

11,24

2.455,72

ARCOR S.A.

717,50

1,01

220,67

PROSAL S.A.

1.603,71

2,26

493,77

TOTAL

70.901,17

100%

21.848,00