Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

PROGRAMA JEFES DE HOGAR

Resolución 371/2002

Distribución de fondos por Convenio en orden a la cantidad de beneficiarios aprobados para participar en el mencionado Programa en el mes de abril de 2002.

Bs. As., 6/5/2002

VISTO la Ley 24.013, el Decreto N° 165 de fecha 22 de enero de 2002, y los Convenios para la Implementación del PROGRAMA JEFES DE HOGAR suscriptos con las jurisdicciones provinciales y con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el Expediente N° 1-2015-1056803/02 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 165/02 se declaró el Estado de Emergencia Ocupacional en todo el territorio de la República Argentina.

Que por el Artículo 2° de la citada norma se creó el PROGRAMA JEFES DE HOGAR, destinado a jefes o jefas de hogar con hijos de hasta DIECIOCHO (18) años de edad, o discapacitados de cualquier edad, o a hogares donde la jefe de hogar o la cónyuge, concubina o cohabitante del jefe de hogar se hallare en estado de gravidez, todos ellos desocupados y que residan en forma permanente en el país.

Que en el marco de dicho programa se han celebrado los Convenios de Implementación correspondientes, con las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que en dichos Convenios se prevé asignar a cada jurisdicción una suma determinada en PESOS, de conformidad con la modalidad de distribución establecida por el Artículo 6° del Decreto N° 165/02.

Que dichas sumas se encuentran condicionadas a la incorporación de beneficiarios a través de todos los municipios y comunas de cada jurisdicción, y a la verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su inclusión como tales, al PROGRAMA JEFES DE HOGAR.

Que se han recibido las inscripciones de los beneficiarios correspondientes a cada una de las jurisdicciones provinciales y a la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, y efectuado los controles necesarios a efectos de su aprobación.

Que por lo tanto es necesario iniciar el operativo de pagos correspondiente al mes de abril de 2002, indicando los montos aprobados y autorizando a la DIRECCION GENERAL DE COORDINACION TECNICA ADMINISTRATIVA a su liberación.

Que asimismo, procede abonar a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) el monto de las comisiones bancarias que le corresponden en orden a los pagos de las ayudas económicas a los beneficiarios del PROGRAMA JEFES DE HOGAR realizadas a través de ella.

Que dichas comisiones ascienden a la cantidad de PESOS UNO CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1,69) por beneficiario.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades previstas por el Decreto N° 165/02.

Por ello,

LA MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1° — Aprobar la distribución de fondos por Convenio en orden a la cantidad de beneficiarios aprobados para participar en el PROGRAMA JEFES DE HOGAR en el mes de abril de 2002, conforme el ANEXO I que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2° — Autorizar a la DIRECCION GENERAL DE COORDINACION TECNICA ADMINISTRATIVA a liberar los fondos afectados al desarrollo del PROGRAMA JEFES DE HOGAR para el mes de abril de 2002, de acuerdo a las sumas de dinero y a las jurisdicciones enumeradas en el ANEXO II que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 3° — Autorizar a la DIRECCION GENERAL DE COORDINACION TECNICA ADMINISTRATIVA a abonar a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en carácter de Comisiones Bancarias, la cantidad de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO CON 70 CENTAVOS ($ 464.631,70).

Art. 4° — Los fondos indicados en los artículos anteriores, consistentes en la cantidad de PESOS SETENTA Y SEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y UNO CON 70 CENTAVOS ($ 76.161.161,70) serán imputados la Partida 514 "Ayudas Sociales a Personas", Progarma 16 Subprograma 03 "Jefes de Hogar", Fuente de Financiamiento 11 "Tesoro Nacional".

Art. 5° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Biblioteca y archívese. — Graciela Camaño.