JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Y MINISTERIO DE ECONOMIA - SEC. DE HACIENDA

Resolución Conjunta N° 24/2002

Bs. As., 26/4/2002

VISTO el Expediente N° 1315/02 del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, la Decisión Administrativa N° 20 del 8 de abril de 2002 por la cual se aprueba la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo, el Decreto N° 993 (t.o. 1995) de fecha 27 de mayo de 1991, mediante el cual se aprobó el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA) y la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 11 de fecha 3 de febrero de 1992, sus complementarias y modificatorias; y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 20 del 8 de abril de 2002 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo.

Que las mencionadas resoluciones aprobaron distintas etapas del Nomenclador de Funciones Ejecutivas correspondientes a unidades organizativas a las que se les asignó el índice de ponderación pertinente y cuyo personal revista en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa.

Que a través del proceso de transformación en el que se encuentra inserto el Estado Nacional, el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA ha reestructurado sus unidades organizativas, a efectos de otorgarle mayor eficacia y eficiencia al accionar del Estado Nacional.

Que en relación a la redefinición de objetivos del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA se hace necesario incorporar en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas a las unidades propuestas en el presente acto.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través de la Oficina Nacional de Innovación de Gestión ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada efectuando el análisis y ponderación de los niveles de Función Ejecutiva correspondientes.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9° de la Decisión Administrativa N° 19/2002.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA

RESUELVEN:

ARTICULO 1° — Incorpórense al Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades organizativas pertenecientes al MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, según el detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Reasígnese y ratifícase el nivel de Función Ejecutiva de la unidad organizativa pertenecientes al MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, según el detalle obrante en el Anexo II que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. MONICA ZORRILLA, Subsecretaria de la Gestión Pública, Jefatura de Gabinete de Ministros. — Lic. JORGE E. SARGHINI, Secretario de Hacienda.

ANEXO I

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA

Incorporaciones

Unidad organizativa

Nivel

Secretaría General del Consejo Federal de Cultura y Educación

 

Dirección de Asistencia Técnica-Admínistrativa

V

Dirección de Asistencia Técnica para la Enseñanza Pública de

 

Gestión Privada.

 

.

IV

Subsecretaría de Coordinación Administrativa

 

Dirección de Infraestructura

II

Dirección General Unidad de Financiamiento Internacional

I

Dirección General de Administración y Gestión Financiera

I

Secretaría de Educación – Subsecretaría de Equidad y Calidad

 

D. N. de Información y Evaluación de la Calidad Educativa

I

D. N. de Gestión Curricular y Formación Docente I

 

Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva

 

 

Dirección Nacional de Programas y Proyectos Especiales

II

Secretaría de Políticas Universitarias

 

D. N. de Coordinación Institucional, Evaluación

y Programación Presupuestaria.

II

 

ANEXO II

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA

Reasignación y Ratificación

Subsecretaría de Coord. Administrativa

Nivel anterior

Nivel

Dirección de Contabilidad y Finanzas

III

II

e. 6/6 N° 384.609 v. 6/6/2002