Inspección General de Justicia

SISTEMA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS

Resolución General 10/2002

Contratos bajo la modalidad de "grupos cerrados". Rectifícase el artículo 5° de la Resolución General N° 9/2002.

Bs. As., 5/7/2002

VISTO el dictado de la Resolución General I.G.J. N° 9 de fecha 4 de julio de 2002, publicada en el Boletín Oficial el día 5 de julio de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 5° de la citada resolución se ha deslizado un error material que corresponde subsanar.

Por ello y lo dispuesto en los artículos 6° de la Ley N° 11.672 (t.o. 1999) y 9° de la Ley N° 22.315,

EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA.

RESUELVE:

Artículo 1º — En el artículo 5° de la Resolución General I.G.J. N° 9 de fecha 4 de julio de 2002, donde dice " ... fueron percibidos entre el mes de enero de 2001 y la vigencia de esta resolución..." debe decir "...fueron percibidos entre el mes de enero de 2002 y la vigencia de esta resolución..."

Art. 2º — Regístrese como Resolución General.

Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Publíquese. Oportunamente archívese. — Guillermo E. Ragazzi.